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lunes, 17 de noviembre de 2025

VILLA GENERAL MITRE

CIERRE DE LA ESCUELA “FRAY JUSTO”

LA JUSTICIA TIENE LA PALABRA


La Audiencia convocada por el Juez Scheibler, realizada el pasado 12 de noviembre, dejó al desnudo un proceso donde la falta de diálogo y la ausencia de consensos derivó en una escalada de conflictos que terminaron dirimiéndose en la Justicia. Ésta es ahora la que tiene en sus manos resolver el destino de tres comunidades educativas. 

Conocer lo que expuso cada parte ese día, ayuda a comprender el nudo de esta contienda.


Algunos padres, docentes y delegados sindicales acompañaron en la puerta de Tribunales

En función de como se fueron desarrollando los acontecimientos, quedó a la luz que el puntapié inicial fue el anuncio de desalojo de la Escuela Media Nº2 DE 14 “Argentinos Juniors” de su sede en la calle Boyacá 2152, y luego derrapó sobre la Escuela Nº16 DE14 “Fray Justo Santa María de Oro”  (avenida Jonte 1964) cuando el Ministerio de Educación en agosto pasado comunicó que la “fusionaría” con  la Escuela Primaria Nº15 DE 16 “Provincia de Mendoza”  (Juan Agustín García 1511) y cedería el edificio a la secundaria que hasta ahora funciona en el bajo tribuna del estadio Diego Armando Maradona.

Pero los funcionarios del Ministerio de Educación no lo ven así y están empeñados en separar ambas cuestiones y eso lo manifestaron en la audiencia judicial oponiéndose en todo momento a aceptar esta vinculación. Desde el Poder Ejecutivo aclaran que la “fusión” de las dos escuelas primarias obedecen a la baja matrícula que hay en el distrito 14, producto de la caída de la natalidad.

Pero no menos cierto es que de avanzar con la medida, la escuela primaria que hasta hoy funciona en el establecimiento de avenida Jonte 1964 y que ostenta 108 años de vida, desaparecería como entidad educativa y el alumnado de los niveles inicial y primario junto el cuerpo docente y no docente pasarían a formar parte de otras escuelas, mientras que la Escuela Media Nº2 DE 14 “Argentinos Juniors” se trasladaría al edificio de la comunidad educativa que se pretende desintegrar.

Estas miradas encontradas fueron las que enfrentaron a los distintos actores y la ausencia de consensos a lo largo de este proceso derivó en presentaciones judiciales por parte de quienes consideran vulnerados sus derechos, afectados por las medidas gubernamentales. Así, se fueron sucediendo tres pedidos de amparo que recayeron por su concomitancia en el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº13, Secretaría Nº25 que lleva adelante el Juez Guillermo Scheibler .

El Juez Guillermo Scheibler presidió la audiencia.

El magistrado creyó oportuno, antes de tomar una decisión y dictar sentencia, convocar a todas las partes y hacer una puesta en común para escuchar los argumentos de cada uno.

El acto se llevó adelante el pasado 12 de noviembre en una sala de la sede judicial de la calle Suipacha 150, 1º piso de esta Capital. En la misma, el tribunal escuchó primero a quienes presentaron los pedidos de medidas cautelares en los autos caratulados “RIVEROS, MARTA SUSANA Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE AMPARO- EDUCACION”, Expte. 215915/2025-0, “CANTO PADILLA, ELIZABETH Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE AMPARO”, Expte. 225679/2025-0 y “ESCANDELL, MARIA CATALINA FLORENCIA CONTRA GCBA SOBRE AMPARO-EDUCACION”. También estuvo una delegada del sindicato Ademys que habló nombre de los docentes que se sienten damnificados y el diputado porteño Gabriel Solano (FIT) que se presentó como “amigo del tribunal” acompañando a los amparistas.

Por la parte demandada, la Ministra de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Mercedes Miguel delegó su representación en un cuerpo funcionarios del ministerio y letrados de la Procuración que junto a los directivos de las escuelas involucradas (Escuela Nº16 D.E.14 “Fray Justo Santa María de Oro”; Escuela Media Nº2 DE 14 “Argentinos Juniors” y Escuela Nº15 DE 14 “Provincia de Mendoza”) manifestaron su posición.

También hicieron su parte, la Dra.Marcela Monti por el Ministerio Público Fiscal (Unidad Especializada en Litigio Complejos) y el Dr. Damián Natalio Ariel Corti por el Ministerio Público Tutelar (Unidad Especializada en Procesos Colectivos).

Para quienes pudimos presenciar la audiencia, la experiencia resultó sumamente interesante. 

Fue un escenario que exhibió el nudo del conflicto en toda su magnitud. Hasta ese momento quienes seguimos la información contábamos con las versiones de las partes por separado, pero en esa instancia y en ese lugar todos los actores confluyeron, cada uno a decir lo suyo, todos manteniendo firmes sus posiciones, sin mediar el menor ánimo de acercamiento para encontrar una solución. Y si bien todo se desarrolló en un marco de respeto mutuo, sin estridencias, ni comportamientos disonantes, la tensión se dejó entrever en un ambiente hostil y en algunos casos rostros adustos -incluso podríamos animarnos a decir desencajados- de quienes tenían que fijar posiciones.

El momento de mayor tensión sobrevino cuando el abogado de la Procuración que actuaba en nombre del Gobierno de la Ciudad se opuso a la intervención del abogado que representaba a una familia de la Escuela Media Nº2 DE 14 “Argentinos Juniors” que habían presentado uno de los tres amparos. Aquí el argumento fue que el caso de la Escuela Nº16 DE14 no tenía que ver con el caso de la escuela secundaria, para la parte demandada eran temas separados. El juez entendió que ambos casos están vinculados y decidió admitir la participación del letrado por la parte actora (en los términos del artículo 44 del CCAyT).

Los representantes de quienes solicitaron amplaros y la
delegada sindical que habló en nombre de los maestros
La primera en exponer fue la Dra. Susana Riveros y dijo que presentaron el pedido de medida cautelar porque considera que se están violando dos derechos fundamentales, por un lado “el derecho de todo padre a elegir la educación y el plan educativo que quieren para sus hijos [y por otro] el derecho al acceso a la información pública confiable y oportuna”.

A continuación, el abogado patrocinante de las familias de la escuela Nº16, Dr. Eduardo Daniel Barreyro, señaló un dato no menor y es que la escuela Nº15 DE 14 funciona en un edificio alquilado a diferencia de la Escuela Nº16 DE14 que está asentada en un inmueble propio. Del mismo modo el abogado dejó sentado que la comunidad desconoce cuánto paga el Estado de la ciudad en concepto de alquiler, dado que no pudieron acceder a esa información.

En su exposición, apeló a un fallo de la Corte Suprema que sentó jurisprudencia al decir  “cualquier decisión que se tome sobre niñas, niños y adolescentes debe tener la participación y la atención de su interés primordial". Por eso, hizo especial hincapié en que "tienen que escucharlos, tienen que ver sus intereses, más si hay niños que tienen CUD ó necesidades educativas especiales” Y agregó “Hay equipos interdisciplinarios que no se escucharon, no se ven las trayectorias, no se saben como los chicos de “la 16” van a seguir en “la 15”. También desmintió que haya un correlato entre la baja de la natalidad (que en los últimos 25 años ha sido de un 40% en CABA) y la disminución de la matrícula de la escuela Nº16 que, según expuso el letrado, en los últimos 13 años bajó apenas un 6%.

A su turno y superado el entredicho con el abogado de la procuración, el Dr. Sebastián Hereñú Legna en representación de una familia de la Escuela Media Nº2 DE 14 adujo que el Gobierno de la Ciudad está incumpliendo la ley. El letrado relató que a partir de una enorme deuda que tenía el club Argentinos Juniors con el Gobierno de la Ciudad en concepto de ABL, se firmó un convenio que alcanzó rango de ley, mediante el cual el club cedió parte de sus instalaciones para que se ponga una escuela secundaria pública que debe funcionar allí hasta el año 2100. Dicho esto, fijó su posición “Estamos ante un incumplimiento a la ley por parte del GCBA porque todo lo que tuvo que ver con comunicación a las familias de la escuela fue por parte del GCBA, no del club”. Y finalizó diciendo “Solicito que se cumpla la ley que tiene plena vigencia y por ello se haga lugar a la medida cautelar pedida”.

Daniel Fernández es abogado y se representa a sí mismo como alumno de la Escuela de Adultos que funciona en el turno vespertino en avenida Jonte 1964, solicitó en particular que el juzgado atienda la situación de los niños de nivel inicial (2 a 5 años) que van a ser mudados a una escuela que está a más de 20 cuadras (Escuela Francisco Beiró, Bolivia 2569, Villa del Parque). Fernández dijo que le constaba que le habrían comunicado a las familias que por falta de espacio en las nuevas instalaciones, los niños serían ubicados en un gimnasio, en abierta violación a los derechos de las infancias. Por último, Fernández aseguró que se desprende del último censo, que en el barrio de Villa General Mitre, donde está radicada la EscuelaNº16 DE 14 es falso que haya decrecido la población infantil, en realidad aumento.

Mariana Scayola Laymann, secretaria general del sindicato docente Ademys de la ciudad de Buenos Aires habló en representación de los docentes “trayendo su voz” a la audiencia. Mencionó que el proceso se caracterizó por “la falta de diálogo y la falta de escucha a todos los actores por parte del Ministerio de Educación” que se limitó a informar la decisión tomada. Y agregó “Esta es la primera vez que estamos desarrollando argumentos de por qué la escuela tiene que mantenerse en ese lugar para esos chicos y chicas”.

Luego se refirió a los docentes como una fuerza de trabajo que aporta a la construcción de un proyecto institucional y a la construcción del vínculo con los estudiantes, para que ellos estén bien, aprendan y estén en las mejores condiciones posibles, aunque no siempre sean las ideales... Y reclamó “Acá se habla de los chicos como si fueran cajas de tomates que pueden ir de acá para allá”. Remarcó los derechos que se pierden y es en lo que los docentes quieren hacer especial hincapié porque consideró que la medida no traerá beneficios para los estudiantes ni para los docentes, por eso insistió en que se deben buscar otras soluciones.

También resaltó que es una escuela que trabaja con chicos con CUD. “Para estos chicos y chicas la escuela es su espacio de cuidado, saben en que lugar están y lo reconocen como “su” lugar. No da igual que de un día para otro los cambien a otra escuela”.

Y puso ejemplo: “Uno de los niños autistas que concurren, el primer lugar donde habló fue en la escuela”. Y siguió explicándole al tribunal “imagínense el lugar de cuidado que para ese niño es la escuela que ahí es donde se animó a hablar. Eso es lo que no se puede perder. Eso es lo primero que hay que cuidar antes de evaluar cualquier otra cosa.”

Scayola, por último, dejó constancia que el sindicato nunca fue convocado como interlocutor en tanto representante de las trabajadoras y trabajadores. Pidió que el juez haga lugar al pedido que se está haciendo y que la escuela no se cierre.

Luego llegó el turno de la parte demandada, en este caso el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Funcionarios del Gobierno de la Ciudad,
en representación del Ministerio de Educación
Alejandra Gurgo
, Directora de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación, admitió que la Resolución Nº 1452/2025 fue publicada en 7 de noviembre y redactada el día 3 de ese mismo mes. Argumentó que la fusión de las dos escuelas primarias es producto de “un montón de acciones que fueron sucediendo con la comunidad docente y la comunidad educativa”.

En este sentido mencionó que “la matrícula no es un tema menor”.  Y prosiguió explicando que en los relevamientos anuales (2019-2025) el distrito 14 presenta una baja en la matrícula del 16,4%. Especificó los números de las escuelas que están fusionando… “La escuela 16 presenta un 30% de baja de la matrícula y la 15 el 21%. La escuela 16 es la segunda en el distrito con mayor merma en su matrícula”.

Mencionó que el Ministerio tiene la potestad de tomar esta decisión apoyado en la normativa vigente “que establece mínimos para seguir funcionando (15 estudiantes por sección)” y lo comparó con la escuela 16, diciendo que en los grados que hay “menos cantidad de alumnos, oscilan entre 5 y 8 estudiantes” y terminó diciendo “lo que permite y es facultad del Ministerio de Educación realizar un reordenamiento de la red escolar”.

Inés Cruzalegui, Subsecretaría de Gestión de Aprendizaje, se refirió a las condiciones pedagógicas: “El Ministerio tiene la responsabilidad de velar por las condiciones pedagógicas y la continuidad de las trayectorias para asegurar que todos los chicos y chicas puedan transitar su escolaridad asegurando sus aprendizajes y asegurando su egreso de cada uno de los niveles obligatorios. Pero esto entendemos que no se favorece en aulas que tengan 5 o 6 estudiantes. Entendemos que la escuela no es un centro terapéutico ni un centro médico, es una escuela como institución social, por lo tanto requiere el trabajo con otros, requiere el espacio de socialización. Los aprendizajes no son individuales sino que son en grupos de estudiantes”.

Por otra parte, aseguró que habrá acompañamientos específicos “En la fusión de estas dos escuelas estamos elaborando un proyecto pedagógico que implica la pareja pedagógica para que haya dos docentes trabajando con grupos de estudiantes”.

Luego la funcionaria pasó a detallar el estado actual de la matrícula de las escuelas que se fusionan y cuál sería la población de la Escuela 15 el próximo año.

Puntualizó que en este momento la Escuela Nº16 DE 14 cuenta en el nivel primario con 111 alumnos, 60 en el turno mañana y 51 en el turno tarde (1º a 7 grado). Once alumnos tienen CUD y 10 poseen acompañamiento terapéutico. A fin de año egresarán 19 alumnos de 7º grado. Treinta y ocho familias solicitaron el pase a otras escuelas y 54 estudiantes permanecerían en la escuela 15.

Cruzalegui dijo que aunque “La continuidad está asegurada en la escuela 15, se le dio a las familias la posibilidad de elegir el pase a otra institución del distrito o aledaña al distrito".

"La Escuela 15 actualmente tiene 180 alumnos, 90 en turno mañana, 90 en el turno tarde, 9 tienen CUD y cuatro chicos 4 cuentan con acompañantes terapéuticos.

Se inscribieron 13 nuevos alumnos para el ciclo lectivo del año próximo que sumados a los 54 que pasan de la Escuela Nº16, el establecimiento tendrá un total de 219 estudiantes, desglosándose en 119 en el turno mañana y 107 en el turno tarde. Aseguró que  la mayoría de los grados está previsto dividirlos en dos secciones y va a haber parejas pedagógicas en aquellos grados que no se desdoblen.

Confirmó que la escuela vespertina de adultos no va a tener modificaciones, pero no hizo ninguna mención al destino que van a tener los niños y niñas del nivel inicial.

Ignacio Curti, Subsecretario de Gestión Administrativa del Ministerio de Educación. Presentó como novedad que hay un proyecto de ley que busca la modificación de los usos del club Atlético Argentinos Juniors. Y agregó “Es verdad que existió un convenio, en su momento (2004) y en el 2007 se prorrogó hasta el 2100. Esa ley contempla la disposición de un espacio para el ministerio de educación. Hoy día funciona la escuela “Argentinos Juniors”. Adujo que como el club está planificando obras en su estadio "Tuvimos conversaciones informales en las que eso nos fue informando”.  A partir de ello el funcionario evalúa que “las obras que está realizando el club AAJ ya complejizaba la convivencia y la trayectoria escolar este año” Por eso, consideran desde el Ministerio “que las condiciones ambientales y estructurales de la escuela en un bajo tribuna no son las óptimas para continuarlo y perpetuarlo en el tiempo”, agregó. Y finalizó diciendo que “La situación se normalizaría bajo un nuevo proyecto de ley que impulsa AAJ.”

El Juez Scheibler le consultó a Curti si sabía cuál era el estado parlamentario de la iniciativa y el subsecretario no supo responder.

Como este punto se vinculaba al expertise de Gabriel Solano (FIT) por el hecho de ser  legislador de la Ciudad de Buenos Aires, integrante de la Comisión de Educación y en su condición de amicus curiae, el magistrado le dio la oportunidad de expresarse sobre este particular. Solano arremetió afirmando que  “Es falso, absolutamente falso que haya un proyecto de ley que modifique el convenio de la ciudad de Buenos Aires [que tiene con el club AAJ] hasta el año 2100, ni una ley nueva que modifique el convenio.” Y continuó… “Si lo hubiese, de todas maneras, es un proyecto. Confundir una ley con un proyecto, no vale la pena abundar.  Imagínense si cada persona actúa de acuerdo a un proyecto y no a la ley vigente, estaríamos en una situación que nada tiene que ver con el Estado de Derecho”.

Solano también hizo referencia a que el Ministerio de Educación decidió avanzar sin que mediara un acto administrativo y afirmó que en paralelo retiró a la escuela del formulario de inscripción antes de dictar la resolución.

El representante concluyó “El Estado no cumple la ley en relación al club AAJ y no cumple la ley porque retira una escuela de la inscripción”. E instó a la Justicia a que repare el daño que se produjo.

NR: Según publicó el medio periodístico Región Metro, el club Argentinos Juniors presentó el proyecto para modificar la ley que establece que la entidad debe brindar sus espacios al Gobierno porteño con fines educativos hasta el año 2100 el día 11 de noviembre (un día antes de la Audiencia) a través de la Mesa de Entrada de la Legislatura. La iniciativa, firmada por el presidente del club, ofrece a cambio, la posibilidad de que se utilicen los natatorios de sus centros deportivos.

En respuesta a Solano, la subsecretaria defendió su accionar diciendo que dado que el proceso de fusión de las escuelas comenzó en el mes de agosto, “por prudencia administrativa” no pusieron a la escuela en el listado sabiendo que se está en un proceso de reorganización y que se iba a “integrar con otra”.

Funcionarios del Ministerio Público Fiscal
El Dr. Damián Natalio Ariel Corti en representación del Ministerio Público Fiscal (Unidad Especializada en Litigios Complejos) mencionó que estaba evaluando las tres causas en las que si bien encontró puntos que las unen, analizándolas en detalle evaluó que tienen perspectivas distintas.

Pidió a las partes, que ya estando publicada en el Boletín Oficial la Res. 1452 que habilita la fusión de las escuelas 16 y 15, dejen sentado en el expediente sus respectivas posiciones.

Solicitó que el Ministerio de Educación manifieste a través de un documento escrito los detalles de las estadísticas que se fueron volcando a lo largo de la audiencia.

Pero la parte medular de la fiscalía fue cuando Corti solicitó “saber cuántos chicos con CUD están en ambas instituciones” porque esto “genera una preocupación distinta” en cuanto entrelaza la “vulnerabilidad en cuanto a niñez y vulnerabilidad en cuanto a discapacidad…” Por ello el fiscal aseguró que le “gustaría saber cuántos chicos con CUD continúan de una escuela a la otra y que trabajo especializado se hizo con cada familia porque ya de por sí es complejo el cambio de escuela en cualquier circunstancia, un cambio de escuela habiendo un certificado único de discapacidad que me pone un plus de protección a nivel constitucional a mi me gustaría contar con que el Ministerio de Educación pueda brindar información de cómo se trabajó con esas familias específicamente.”

Cuando la audiencia ya estaba finalizando, el abogado Fernández volvió a insistir en que a lo largo de todas las presentaciones nadie hizo referencia a la situación de los niños de nivel inicial y pidió que el tribunal ahonde en esa cuestión, además cruzó a la subsecretaria Cruzalegui, al decir que “En la cooperadora de la escuela hay casi 400 socios” y afirmó que mencionar sólo a los 111 estudiantes que van al nivel primario refleja un número parcial que no se condice con la realidad.

Por último, el Tribunal solicitó al GCBA que presente en la causa un informe sobre la situación del nivel inicial, un detalle de los niños y niñas con certificado de discapacidad y constancias de las reuniones que tuvieron lugar con las comunidades educativas involucradas en la causa.

jueves, 25 de agosto de 2022

VILLA DEL PARQUE

ESPACIO PÚBLICO


LAS AUTORIDADES RESOLVIERON ACTUAR EN EL ÁREA DE LA ESTACIÓN Y ZONAS ALEDAÑAS




En el día de hoy actuó la Justicia para garantizar los derechos de un niño y su familia que vivían en extrema vulnerabilidad. También se están haciendo algunas tareas tendientes a emprolijar el espacio público

Estos incipientes principios de solución son una respuesta de las autoridades a los compromisos de actores que ejercen sus actividades en las cercanías, a los reclamos vecinales y a las repercusiones que están teniendo en los medios de comunicación locales y en programas radiales los hechos que se venían sucediendo en los entornos de la estación Villa del Parque.


La mayor problemática está en torno a personas que viven en situación de calle y en particular había máxima preocupación por una familia con un niño pequeño (2 años) que desde que nació vive en condiciones de extrema vulnerabilidad.

foto de archivo
Hasta ahora fueron las entidades de la comunidad, entre ellas Cáritas de la Parroquia Santa Ana las que más ayuda le brindaron y las que contribuyeron en buena medida a paliar su crítica situación, sumado a algunas gestiones intermitentes y esporádicas de la Comuna y del BAP ( Buenos Aires Presente).

Pero el deterioro cognitivo, enfermedades preexistentes y adicciones en que viven los adultos de esta familia los llevaron a violentar inclusive a las personas que más los ayudan. Tampoco funcionaron las gestiones que se realizaron para sacarlos de la situación de calle. En el mes de febrero se les asignó una habitación en hotel, pero su poca capacidad de adaptación hizo de esta una solución esporádica y en pocos días volvieron con el niño a sus lugares habituales en la vía pública
Se necesitaron por lo tanto, otro tipo de medidas que garanticen al pequeño mejores condiciones de vida, que incluyen una ayuda y contención más efectiva para los padres.
Finalmente, parece que las respuestas en este sentido han comenzado a llegar.

En el día de hoy, jueves 25 de agosto de 2022, las autoridades comunicaron a nuestro medio que en horas de la mañana se realizó un operativo “cumplimentando la medida del Juzgado Civil Nº3, con intervención del Consejo de Niños, Niñas y Adolescentes, a a través del Área de Asistencia de Menores en Situación de Calle. Se hicieron presentes en el lugar un equipo de profesionales de dicha repartición a cargo, quienes con el auxilio de la fuerza pública (Policía de la Ciudad) procedieron a eliminar al menor de dos años de edad del ámbito de sus progenitores, para ser trasladado en primera instancia a un centro asistencial y luego alojado en un Hogar de Niños.” La mamá acompañó al chiquito. Y se espera que el padre pudiera luego de recoger sus pertenencias, reencontrarse con ellos.

Desde la Comuna informaron que realizaron un nuevo operativo de limpieza integral. El presidente de la Junta, Nicolás Mainieri recorrió con su equipo el área e hizo un relevamiento de “todo lo que hacía falta”, elevando un informe a “Gobernanza”.
Mainieri también anticipó que tiene elaborado un plan de recuperación de la zona y espera que sea aprobado en el presupuesto de este año, lo que permitiría implementarlo en 2023.
Desde control comunal también comunicaron que apercibieron a comerciantes que no cumplían con la normativa de higiene y salubridad. De no ajustarse ipso facto a la reglamentación serían multados.

Mainieri se comprometió a sacar los graffitis que arruinan el espacio público.

Sumándose a la acción, la comisión directiva de la Unión de Comerciantes conversó con algunos de sus asociados y establecimientos que están en ese sector para que cuidaran sus frentes, los mantuvieran prolijos y limpiaran las proximidades a sus locales, obteniendo un claro compromiso por parte de todos con los que hablaron. La presidenta de la entidad, Elisabet Piacentini junto a la tesorera, Patricia Pistacece visitaron la sede de Cáritas de la Parroquia Santa Ana y San Joaquín para solidarizarse y establecer un trabajo mancomunado entre las entidades.

jueves, 5 de mayo de 2022

COMUNA 11

COMUNICADO


LA CIUDADANÍA VA A LA JUSTICIA CONTRA EL DISTRITO DEL VINO


El día 26 de abril, la Asamblea de “Residentes del Distrito del Vino” conjuntamente con “El Movimiento La Ciudad Somos Quienes La Habitamos” presentaron una acción de amparo ambiental solicitando que se declare la inconstitucionalidad y nulidad de la Ley N° 6447 que creó el Distrito del Vino.



El amparo formalmente fue presentado por el Observatorio del Derecho a la Ciudad en representación de cientos de habitantes que apoyaron la demanda.

La causa fue caratulada como “Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE AMPARO – AMBIENTAL”, Expte. N° 63372-2022/0. Quedó radicada en el Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 13 a cargo del Juez Guillermo Martín Scheibler.
En el Objeto de la demanda se solicitó que “(s)e declare la inconstitucionalidad y nulidad de la Ley N° 6447 que creó el Distrito del Vino y demás normativa dictada en consecuencia, porque no se cumplió con la convocatoria y realización de la audiencia pública obligatoria que dispone el art. 63 de la CCABA, no se cumplió con el procedimiento de doble lectura que establecen los arts. 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad, y por violar los derechos que surgen de la Democracia Participativa Ambiental, en particular el derecho de todo habitante de la ciudad a participar en la toma de decisiones de políticas de planificación y ambientales en el marco de las instancias participativas obligatorias dispuestas en la Constitución de la Ciudad y el Plan Urbano Ambiental (Opinión Consultiva N° OC-23/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; arts. 3, 5, 6 y 7 del Acuerdo de Escazú; art. 1, 11, 12, 26, 27, 30, 63, 89, 90 y 104, incisos 27 y 29 de la Constitución de la Ciudad; Ley N° 6; y arts. 4, 19, 20 y 21 de la Ley N° 25.675)”.
Y se le pide al juez dicte la medida cautelar con carácter urgente.

Los distritos son sectores de la ciudad, donde por ley, las empresas que se instalen de determinados rubros o actividad adquieren el derecho a beneficios fiscales e incentivos crediticios como, por ejemplo: Exenciones a impuestos como Ingresos Brutos, Impuesto a los sellos, Impuesto Inmobiliario y Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrio, Limpieza, etc.; Créditos fiscales transferibles; computar porcentajes del monto invertido como pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por las actividades que desarrollen en toda la ciudad.

En este caso, el proyecto presentado el 11 de noviembre de 2020, se presentó el proyecto de Ley N° 2707-D-2020 en la Legislatura porteña. Con posterioridad se agregó el Expediente N° 1980-D-2021, presentado el 11 de agosto de 2021. Este proyecto fue sancionado por la Legislatura, en una única lectura, el 2 de septiembre de 2021, dando origen a la Ley N 6447, de creación del Distrito del Vino.
La nueva normativa dispone que “Son sujetos beneficiarios de las políticas de fomento previstas por la presente Ley, las personas humanas, las personas jurídicas y uniones transitorias de empresas que realicen desarrollos de espacios dentro del Distrito los cuales sean destinados exclusivamente a la realización de actividades relacionadas a la industria vitivinícola, siendo de:
a. Distribución de vinos;
b. Bodegas, vinotecas y cavas;
c. Museos y exposiciones relacionadas al vino;
d. Centros de enseñanza, formación y capacitación sobre el vino;
e. Administración de empresas vitivinícolas;
f. Comercialización mayorista y minorista de vino.”
Y establece en su artículo 10 que “Los beneficiarios inscriptos al Registro podrán computar como pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos un porcentaje del monto invertido en un proyecto de desarrollo de espacios dentro del Distrito, respecto de la totalidad de las actividades económicas que desarrollen en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme a su ingreso y de acuerdo a la siguiente tabla:
Proyecto de desarrollo Porcentaje de la inversión:
1º al 15º 70%
16º en adelante 50%"

Jonatan Baldiviezo, fundador del Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC) y de “El Movimiento La Ciudad Somos Quienes La Habitamos”, letrado patrocinante de la causa judicial, expresó: “El Distrito del Vino es un eufemismo para denominar un mecanismo mediante el cual la Ciudad le devuelve entre el 50% y el 75% de su inversión a aquellos empresarios/as que inviertan en la instalación de explotaciones comerciales relacionadas con el vino, a través de créditos impositivos. La población porteña prácticamente le regala estos recursos a privados. Además, la ley está redactada de tal modo que no beneficiará a pymes sino a grandes empresas que no tendrían prioridad en recibir apoyo estatal en esta crisis económica. Otro mecanismo de transferencia de recursos públicos a manos privadas. Esta ley es inconstitucional porque no se realizó ninguna de las instancias de participación ciudadana obligatorias que exige la Constitución de la Ciudad. Los negocios suelen aniquilar la democracia participativa ambiental. Recordemos que el GCBA decidió destinar el Palacio Ceci para que sea explotado por privados en el marco del Distrito del Vino. Esta decisión, que mereció tener un debate democrático con la comunidad educativa, fue adoptada de forma oculta a la sociedad.”.

La Ing. María Eva Koutsovitis, investigadora del Instituto de Pensamiento y Políticas Públicas (IPYPP) y coordinadora de la Cátedra de Ingeniería Comunitaria (CLIC), manifestó: “El sector de la Ciudad alcanzado por el Distrito del Vino corresponde a barrios residenciales de casas bajas. El GCBA en los últimos años ha adoptado decisiones de política urbana para modificar la identidad de estos barrios (Villa Devoto – Villa del Parque - Paternal). Con la sanción del Código Urbanístico en el 2018, incrementó exorbitantemente la capacidad constructiva y liberó la zona a nuevos usos sin considerar la compatibilidad o equilibrio con la vida residencial. El Distrito del Vino es una etapa más en esta dirección, ya que es el marco a través del cual el GCBA impulsará el financiamiento para la renovación urbana e inmobiliaria habilitada por el Código Urbanístico. La transformación que están sufriendo estos barrios se realiza sin consideración de la calidad de vida y ambiental de sus habitantes, y sin que se haya cumplido las instancias de participación obligatorias que exige la Constitución, en especial, con relación al Distrito del Vino. Tampoco se realizó ninguna evaluación de impacto ambiental acumulativa y estratégica frente a los grandes cambios autorizados por estas nuevas leyes urbanísticas y fiscales. Un barricidio en aras de la especulación inmobiliaria y los negocios comerciales con dinero público.”.

Por su parte, los residentes del Distrito del Vino -que prefieren no hablar con nombres propios porque temen verse “criminalizados” por protestar, al igual que les pasó a otros ciudadanos de la comuna por animarse a levantar la voz por lo que está sufriendo la comunidad sordomuda a la que están despojando del Palacio Ceci – manifestaron: “nos enteramos por los medios de comunicación nacionales que esta ley estaba a punto de ser sancionada en la legislatura. Los mismos medios exponían que la ley había sido debatida con las `20 bodegas más importantes del país´, con `5 de las principales provincias vitivinícolas´, con una `cámara de comerciantes local´pero deliberadamente omitieron consultar a través de los institutos que impone nuestra democracia participativa y representativa que rige según la Constitución de la Ciudad, con quienes seríamos los principales impactados por esta ley: los residentes de la Comuna 11. Así, nuestros representantes locales no tuvieron lugar en esa mesa de consulta siendo que es una facultad concurrente de la comuna, tampoco se informó y pidió opinión al Consejo Consultivo Comunal, institución que emitió un duro documento que quedó incorporado a la solicitud de medida cautelar. Y mucho menos se realizó la Audiencia Pública que hubiera servido, primero para anoticiar al pueblo de la comuna de la política que se pensaba implementar a partir de la creación del nuevo distrito y después darle el debido lugar y espacio dentro de la democracia participativa para que el pueblo exprese su opinión respecto al proyecto de ley que se estaba por sancionar.
“Hoy nuestros barrios, debido a la falta de planificación, ausencia de un Estudio de Impacto Ambiental estratégico, sumado a la labilidad del Código Urbanístico que está impulsando la renovación inmobiliaria con la consecuente pérdida de identidad, fisonomía e idiosioncracia de esta área de la ciudad, están ocasionando serios problemas para la circulación vehicular, falta de espacios para estacionar, dificultades para acceder a la guardia del hospital Zubizarreta en casos de urgencia (único nosocomio en la comuna 11), aumento de la inseguridad, agotamiento y colapso en los servicios públicos, fundamentalmente en los suministros eléctricos, de agua corriente y cloacas; uso y abuso del espacio público por parte de ciertas empresas; falta de higiene urbana y sustantivo aumento de roedores; avance sobre los bienes de dominio público y las consecuencias del consumo indebido de bebidas etílicas sin los necesarios controles de alcoholemia.
"Todo lo que expresamos no hace más que vulnerar nuestros derechos y es por ello que nos vimos en la obligación y en la necesidad de presentarnos ante la justicia para solicitar este amparo."

jueves, 14 de octubre de 2021

CIUDAD DE BUENOS AIRES

TIERRAS PÚBLICAS


LA JUSTICIA VOLVIÓ A RATIFICAR QUE LA VENTA DE COSTA SALGUERO VIOLA LA CONSTITUCIÓN DE LA CIUDAD.

El 12 de octubre de 2021, la Sala II de la CATyRC, con el voto de los jueces Dr. Fernando Juan Lima y Dra. Mariana Díaz, resolvió ratificar la inconstitucionalidad de la Ley N° 6.289.


Nuevamente la Justicia volvió a fallar en contra del Gobierno de la Ciudad en relación a la venta de tierras del predio de Costa Salguero. En esta oportunidad la , la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Contencisos Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, con el voto de los jueces Dr. Fernando Juan Lima y Dra. Mariana Díaz, resolvió ratificar la inconstitucionalidad de la Ley N° 6.289, que había autorizado la venta del predio de Costa Salguero para emprendimientos inmobiliarios, por ser contraria a los artículos N° 63, N° 89 incisos 4 y 6, y N° 90 de la Constitución de la Ciudad (no respetó el procedimiento constitucional de sanción de leyes).
Recordemos que el juez de primera instancia Leonardo Furchi ya había declarado la inconstitucionalidad de la ley tras señalar que no se habían cumplido los mecanismos legislativos establecidos para sancionar una norma del calibre de la discutida ni se había respetado el proceso de audiencias públicas a las que el Estado debe convocar obligatoriamente para estos casos. En ese momento, el magistrado hizo lugar al amparo presentado impulsado por el Observatorio del Derecho a la Ciudad, Cátedra de Ingeniería Comunitaria, IPYPP, Defensoría de Laburantes y la Diputada Gabriela Cerruti contra el Gobierno porteño, el juez de grado declaró "la inconstitucionalidad de la Ley 6.289 por ser contraria a los artículos 63, 89 incisos 4 y 6, y 90 de la Constitución de la Ciudad" e impuso "las costas a la demandada vencida, por no encontrar motivos para apartarse del principio objetivo de la derrota".

Al respecto Jonatan Baldiviezo, fundador del Observatorio del Derecho a la Ciudad comentó “La Justicia nuevamente declara que la ley que autorizó la venta de un pedazo de nuestra Costanera viola la constitución. Esto implica dos cuestiones muy importantes. Primero, la Costanera deber ser pública y de uso común de la ciudadanía porteña. Segundo, la justicia deja una vez más en descubierto la gravedad institucional que se vive en la Ciudad de Buenos Aires donde la Legislatura sanciona leyes en favor de la especulación inmobiliaria sin respetar las exigencias mínimas para la sanción de leyes. En este caso, no respetaron el procedimiento de doble lectura y no convocaron a audiencia pública obligatoria. Hace un par de semanas el Juez Gallardo declaró inconstitucional la venta de 86 hectáreas de tierras públicas. El proyecto de Costa Urbana se votó sin las mayorías de dos tercios que exige la Constitución. Estamos en una situación de inseguridad jurídica permanente donde la Legislatura aprueba leyes sin las mayorías y sin la participación de la ciudadanía. Y si no fuera por el movimiento ciudadano urbano que se organiza y acude a la justicia estas situaciones se consolidarían.”
Ing. María Eva Koutsovitis, Coordinadora de la Cátedra de Ingeniería Comunitaria, quienes también promovieron el amparo señaló: “El Proyecto de Costa Salguero al igual que el de Costa Urbana, impulsados por el GCBA, vienen a consolidar un modelo urbano que se inicia en la década del noventa y se consolida durante la gestión del PRO en la Ciudad. caracterizado por la privatización del espacio público y la precarización de todas las dimensiones de la vida urbana. Este modelo de apropiación se concentró en nuestro entorno ribereño. Este fallo es un gran triunfo de las asambleas, movimientos, colectivos y organizaciones ciudadanas que no resignan el sueño de recuperar nuestra Buenos Aires balnearia. Este fallo tiene que ver con la vitalidad democrática de nuestra ciudadanía y sus organizaciones que tiene décadas de historia en su resistencia por recuperar la Costanera y el río”.
Alejo Caivano, fundador de la Defensoría de Laburantes: “Tuvo que salir la ciudadanía a visibilizar este negociado a través de las audiencias públicas principalmente y logró el objetivo. Es el momento de avanzar en la concreción de un enorme parque público que le abra las puertas del rio a ciudadanos/as de la ciudad y del AMBA. Celebramos pero somos conscientes de que no podemos detenernos porque Larreta cuenta con el Tribunal Superior de Justicia a su favor”.
Por su parte, Gabriela Cerrutti expuso en su cuenta de Twitter: “El Río no se Vende!!!! La Cámara volvió a darnos la razón, rechazó la apelación del gobierno de Horacio Rodríguez Larreta y ratificó que es inconstitucional la ley por la cual intentaron vender el predio de Costa Salguero para construir un barrio de lujo”.

Seguramente, el Gobierno de la Ciudad volverá a apelar el fallo y el conflico pasará a dirimirse finalmente en el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad.

Expediente Caratulado “CERRUTI, GABRIELA CARLA Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE AMPARO – AMBIENTAL”
Expte. N° 429-2020/0
CUIJ: EXP J-01-00006457-9/2020-0
Actuación Nro: 677015/2021
Fecha: 12 de octubre de 2021.