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lunes, 17 de noviembre de 2025

VILLA GENERAL MITRE

CIERRE DE LA ESCUELA “FRAY JUSTO”

LA JUSTICIA TIENE LA PALABRA


La Audiencia convocada por el Juez Scheibler, realizada el pasado 12 de noviembre, dejó al desnudo un proceso donde la falta de diálogo y la ausencia de consensos derivó en una escalada de conflictos que terminaron dirimiéndose en la Justicia. Ésta es ahora la que tiene en sus manos resolver el destino de tres comunidades educativas. 

Conocer lo que expuso cada parte ese día, ayuda a comprender el nudo de esta contienda.


Algunos padres, docentes y delegados sindicales acompañaron en la puerta de Tribunales

En función de como se fueron desarrollando los acontecimientos, quedó a la luz que el puntapié inicial fue el anuncio de desalojo de la Escuela Media Nº2 DE 14 “Argentinos Juniors” de su sede en la calle Boyacá 2152, y luego derrapó sobre la Escuela Nº16 DE14 “Fray Justo Santa María de Oro”  (avenida Jonte 1964) cuando el Ministerio de Educación en agosto pasado comunicó que la “fusionaría” con  la Escuela Primaria Nº15 DE 16 “Provincia de Mendoza”  (Juan Agustín García 1511) y cedería el edificio a la secundaria que hasta ahora funciona en el bajo tribuna del estadio Diego Armando Maradona.

Pero los funcionarios del Ministerio de Educación no lo ven así y están empeñados en separar ambas cuestiones y eso lo manifestaron en la audiencia judicial oponiéndose en todo momento a aceptar esta vinculación. Desde el Poder Ejecutivo aclaran que la “fusión” de las dos escuelas primarias obedecen a la baja matrícula que hay en el distrito 14, producto de la caída de la natalidad.

Pero no menos cierto es que de avanzar con la medida, la escuela primaria que hasta hoy funciona en el establecimiento de avenida Jonte 1964 y que ostenta 108 años de vida, desaparecería como entidad educativa y el alumnado de los niveles inicial y primario junto el cuerpo docente y no docente pasarían a formar parte de otras escuelas, mientras que la Escuela Media Nº2 DE 14 “Argentinos Juniors” se trasladaría al edificio de la comunidad educativa que se pretende desintegrar.

Estas miradas encontradas fueron las que enfrentaron a los distintos actores y la ausencia de consensos a lo largo de este proceso derivó en presentaciones judiciales por parte de quienes consideran vulnerados sus derechos, afectados por las medidas gubernamentales. Así, se fueron sucediendo tres pedidos de amparo que recayeron por su concomitancia en el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº13, Secretaría Nº25 que lleva adelante el Juez Guillermo Scheibler .

El Juez Guillermo Scheibler presidió la audiencia.

El magistrado creyó oportuno, antes de tomar una decisión y dictar sentencia, convocar a todas las partes y hacer una puesta en común para escuchar los argumentos de cada uno.

El acto se llevó adelante el pasado 12 de noviembre en una sala de la sede judicial de la calle Suipacha 150, 1º piso de esta Capital. En la misma, el tribunal escuchó primero a quienes presentaron los pedidos de medidas cautelares en los autos caratulados “RIVEROS, MARTA SUSANA Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE AMPARO- EDUCACION”, Expte. 215915/2025-0, “CANTO PADILLA, ELIZABETH Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE AMPARO”, Expte. 225679/2025-0 y “ESCANDELL, MARIA CATALINA FLORENCIA CONTRA GCBA SOBRE AMPARO-EDUCACION”. También estuvo una delegada del sindicato Ademys que habló nombre de los docentes que se sienten damnificados y el diputado porteño Gabriel Solano (FIT) que se presentó como “amigo del tribunal” acompañando a los amparistas.

Por la parte demandada, la Ministra de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Mercedes Miguel delegó su representación en un cuerpo funcionarios del ministerio y letrados de la Procuración que junto a los directivos de las escuelas involucradas (Escuela Nº16 D.E.14 “Fray Justo Santa María de Oro”; Escuela Media Nº2 DE 14 “Argentinos Juniors” y Escuela Nº15 DE 14 “Provincia de Mendoza”) manifestaron su posición.

También hicieron su parte, la Dra.Marcela Monti por el Ministerio Público Fiscal (Unidad Especializada en Litigio Complejos) y el Dr. Damián Natalio Ariel Corti por el Ministerio Público Tutelar (Unidad Especializada en Procesos Colectivos).

Para quienes pudimos presenciar la audiencia, la experiencia resultó sumamente interesante. 

Fue un escenario que exhibió el nudo del conflicto en toda su magnitud. Hasta ese momento quienes seguimos la información contábamos con las versiones de las partes por separado, pero en esa instancia y en ese lugar todos los actores confluyeron, cada uno a decir lo suyo, todos manteniendo firmes sus posiciones, sin mediar el menor ánimo de acercamiento para encontrar una solución. Y si bien todo se desarrolló en un marco de respeto mutuo, sin estridencias, ni comportamientos disonantes, la tensión se dejó entrever en un ambiente hostil y en algunos casos rostros adustos -incluso podríamos animarnos a decir desencajados- de quienes tenían que fijar posiciones.

El momento de mayor tensión sobrevino cuando el abogado de la Procuración que actuaba en nombre del Gobierno de la Ciudad se opuso a la intervención del abogado que representaba a una familia de la Escuela Media Nº2 DE 14 “Argentinos Juniors” que habían presentado uno de los tres amparos. Aquí el argumento fue que el caso de la Escuela Nº16 DE14 no tenía que ver con el caso de la escuela secundaria, para la parte demandada eran temas separados. El juez entendió que ambos casos están vinculados y decidió admitir la participación del letrado por la parte actora (en los términos del artículo 44 del CCAyT).

Los representantes de quienes solicitaron amplaros y la
delegada sindical que habló en nombre de los maestros
La primera en exponer fue la Dra. Susana Riveros y dijo que presentaron el pedido de medida cautelar porque considera que se están violando dos derechos fundamentales, por un lado “el derecho de todo padre a elegir la educación y el plan educativo que quieren para sus hijos [y por otro] el derecho al acceso a la información pública confiable y oportuna”.

A continuación, el abogado patrocinante de las familias de la escuela Nº16, Dr. Eduardo Daniel Barreyro, señaló un dato no menor y es que la escuela Nº15 DE 14 funciona en un edificio alquilado a diferencia de la Escuela Nº16 DE14 que está asentada en un inmueble propio. Del mismo modo el abogado dejó sentado que la comunidad desconoce cuánto paga el Estado de la ciudad en concepto de alquiler, dado que no pudieron acceder a esa información.

En su exposición, apeló a un fallo de la Corte Suprema que sentó jurisprudencia al decir  “cualquier decisión que se tome sobre niñas, niños y adolescentes debe tener la participación y la atención de su interés primordial". Por eso, hizo especial hincapié en que "tienen que escucharlos, tienen que ver sus intereses, más si hay niños que tienen CUD ó necesidades educativas especiales” Y agregó “Hay equipos interdisciplinarios que no se escucharon, no se ven las trayectorias, no se saben como los chicos de “la 16” van a seguir en “la 15”. También desmintió que haya un correlato entre la baja de la natalidad (que en los últimos 25 años ha sido de un 40% en CABA) y la disminución de la matrícula de la escuela Nº16 que, según expuso el letrado, en los últimos 13 años bajó apenas un 6%.

A su turno y superado el entredicho con el abogado de la procuración, el Dr. Sebastián Hereñú Legna en representación de una familia de la Escuela Media Nº2 DE 14 adujo que el Gobierno de la Ciudad está incumpliendo la ley. El letrado relató que a partir de una enorme deuda que tenía el club Argentinos Juniors con el Gobierno de la Ciudad en concepto de ABL, se firmó un convenio que alcanzó rango de ley, mediante el cual el club cedió parte de sus instalaciones para que se ponga una escuela secundaria pública que debe funcionar allí hasta el año 2100. Dicho esto, fijó su posición “Estamos ante un incumplimiento a la ley por parte del GCBA porque todo lo que tuvo que ver con comunicación a las familias de la escuela fue por parte del GCBA, no del club”. Y finalizó diciendo “Solicito que se cumpla la ley que tiene plena vigencia y por ello se haga lugar a la medida cautelar pedida”.

Daniel Fernández es abogado y se representa a sí mismo como alumno de la Escuela de Adultos que funciona en el turno vespertino en avenida Jonte 1964, solicitó en particular que el juzgado atienda la situación de los niños de nivel inicial (2 a 5 años) que van a ser mudados a una escuela que está a más de 20 cuadras (Escuela Francisco Beiró, Bolivia 2569, Villa del Parque). Fernández dijo que le constaba que le habrían comunicado a las familias que por falta de espacio en las nuevas instalaciones, los niños serían ubicados en un gimnasio, en abierta violación a los derechos de las infancias. Por último, Fernández aseguró que se desprende del último censo, que en el barrio de Villa General Mitre, donde está radicada la EscuelaNº16 DE 14 es falso que haya decrecido la población infantil, en realidad aumento.

Mariana Scayola Laymann, secretaria general del sindicato docente Ademys de la ciudad de Buenos Aires habló en representación de los docentes “trayendo su voz” a la audiencia. Mencionó que el proceso se caracterizó por “la falta de diálogo y la falta de escucha a todos los actores por parte del Ministerio de Educación” que se limitó a informar la decisión tomada. Y agregó “Esta es la primera vez que estamos desarrollando argumentos de por qué la escuela tiene que mantenerse en ese lugar para esos chicos y chicas”.

Luego se refirió a los docentes como una fuerza de trabajo que aporta a la construcción de un proyecto institucional y a la construcción del vínculo con los estudiantes, para que ellos estén bien, aprendan y estén en las mejores condiciones posibles, aunque no siempre sean las ideales... Y reclamó “Acá se habla de los chicos como si fueran cajas de tomates que pueden ir de acá para allá”. Remarcó los derechos que se pierden y es en lo que los docentes quieren hacer especial hincapié porque consideró que la medida no traerá beneficios para los estudiantes ni para los docentes, por eso insistió en que se deben buscar otras soluciones.

También resaltó que es una escuela que trabaja con chicos con CUD. “Para estos chicos y chicas la escuela es su espacio de cuidado, saben en que lugar están y lo reconocen como “su” lugar. No da igual que de un día para otro los cambien a otra escuela”.

Y puso ejemplo: “Uno de los niños autistas que concurren, el primer lugar donde habló fue en la escuela”. Y siguió explicándole al tribunal “imagínense el lugar de cuidado que para ese niño es la escuela que ahí es donde se animó a hablar. Eso es lo que no se puede perder. Eso es lo primero que hay que cuidar antes de evaluar cualquier otra cosa.”

Scayola, por último, dejó constancia que el sindicato nunca fue convocado como interlocutor en tanto representante de las trabajadoras y trabajadores. Pidió que el juez haga lugar al pedido que se está haciendo y que la escuela no se cierre.

Luego llegó el turno de la parte demandada, en este caso el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Funcionarios del Gobierno de la Ciudad,
en representación del Ministerio de Educación
Alejandra Gurgo
, Directora de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación, admitió que la Resolución Nº 1452/2025 fue publicada en 7 de noviembre y redactada el día 3 de ese mismo mes. Argumentó que la fusión de las dos escuelas primarias es producto de “un montón de acciones que fueron sucediendo con la comunidad docente y la comunidad educativa”.

En este sentido mencionó que “la matrícula no es un tema menor”.  Y prosiguió explicando que en los relevamientos anuales (2019-2025) el distrito 14 presenta una baja en la matrícula del 16,4%. Especificó los números de las escuelas que están fusionando… “La escuela 16 presenta un 30% de baja de la matrícula y la 15 el 21%. La escuela 16 es la segunda en el distrito con mayor merma en su matrícula”.

Mencionó que el Ministerio tiene la potestad de tomar esta decisión apoyado en la normativa vigente “que establece mínimos para seguir funcionando (15 estudiantes por sección)” y lo comparó con la escuela 16, diciendo que en los grados que hay “menos cantidad de alumnos, oscilan entre 5 y 8 estudiantes” y terminó diciendo “lo que permite y es facultad del Ministerio de Educación realizar un reordenamiento de la red escolar”.

Inés Cruzalegui, Subsecretaría de Gestión de Aprendizaje, se refirió a las condiciones pedagógicas: “El Ministerio tiene la responsabilidad de velar por las condiciones pedagógicas y la continuidad de las trayectorias para asegurar que todos los chicos y chicas puedan transitar su escolaridad asegurando sus aprendizajes y asegurando su egreso de cada uno de los niveles obligatorios. Pero esto entendemos que no se favorece en aulas que tengan 5 o 6 estudiantes. Entendemos que la escuela no es un centro terapéutico ni un centro médico, es una escuela como institución social, por lo tanto requiere el trabajo con otros, requiere el espacio de socialización. Los aprendizajes no son individuales sino que son en grupos de estudiantes”.

Por otra parte, aseguró que habrá acompañamientos específicos “En la fusión de estas dos escuelas estamos elaborando un proyecto pedagógico que implica la pareja pedagógica para que haya dos docentes trabajando con grupos de estudiantes”.

Luego la funcionaria pasó a detallar el estado actual de la matrícula de las escuelas que se fusionan y cuál sería la población de la Escuela 15 el próximo año.

Puntualizó que en este momento la Escuela Nº16 DE 14 cuenta en el nivel primario con 111 alumnos, 60 en el turno mañana y 51 en el turno tarde (1º a 7 grado). Once alumnos tienen CUD y 10 poseen acompañamiento terapéutico. A fin de año egresarán 19 alumnos de 7º grado. Treinta y ocho familias solicitaron el pase a otras escuelas y 54 estudiantes permanecerían en la escuela 15.

Cruzalegui dijo que aunque “La continuidad está asegurada en la escuela 15, se le dio a las familias la posibilidad de elegir el pase a otra institución del distrito o aledaña al distrito".

"La Escuela 15 actualmente tiene 180 alumnos, 90 en turno mañana, 90 en el turno tarde, 9 tienen CUD y cuatro chicos 4 cuentan con acompañantes terapéuticos.

Se inscribieron 13 nuevos alumnos para el ciclo lectivo del año próximo que sumados a los 54 que pasan de la Escuela Nº16, el establecimiento tendrá un total de 219 estudiantes, desglosándose en 119 en el turno mañana y 107 en el turno tarde. Aseguró que  la mayoría de los grados está previsto dividirlos en dos secciones y va a haber parejas pedagógicas en aquellos grados que no se desdoblen.

Confirmó que la escuela vespertina de adultos no va a tener modificaciones, pero no hizo ninguna mención al destino que van a tener los niños y niñas del nivel inicial.

Ignacio Curti, Subsecretario de Gestión Administrativa del Ministerio de Educación. Presentó como novedad que hay un proyecto de ley que busca la modificación de los usos del club Atlético Argentinos Juniors. Y agregó “Es verdad que existió un convenio, en su momento (2004) y en el 2007 se prorrogó hasta el 2100. Esa ley contempla la disposición de un espacio para el ministerio de educación. Hoy día funciona la escuela “Argentinos Juniors”. Adujo que como el club está planificando obras en su estadio "Tuvimos conversaciones informales en las que eso nos fue informando”.  A partir de ello el funcionario evalúa que “las obras que está realizando el club AAJ ya complejizaba la convivencia y la trayectoria escolar este año” Por eso, consideran desde el Ministerio “que las condiciones ambientales y estructurales de la escuela en un bajo tribuna no son las óptimas para continuarlo y perpetuarlo en el tiempo”, agregó. Y finalizó diciendo que “La situación se normalizaría bajo un nuevo proyecto de ley que impulsa AAJ.”

El Juez Scheibler le consultó a Curti si sabía cuál era el estado parlamentario de la iniciativa y el subsecretario no supo responder.

Como este punto se vinculaba al expertise de Gabriel Solano (FIT) por el hecho de ser  legislador de la Ciudad de Buenos Aires, integrante de la Comisión de Educación y en su condición de amicus curiae, el magistrado le dio la oportunidad de expresarse sobre este particular. Solano arremetió afirmando que  “Es falso, absolutamente falso que haya un proyecto de ley que modifique el convenio de la ciudad de Buenos Aires [que tiene con el club AAJ] hasta el año 2100, ni una ley nueva que modifique el convenio.” Y continuó… “Si lo hubiese, de todas maneras, es un proyecto. Confundir una ley con un proyecto, no vale la pena abundar.  Imagínense si cada persona actúa de acuerdo a un proyecto y no a la ley vigente, estaríamos en una situación que nada tiene que ver con el Estado de Derecho”.

Solano también hizo referencia a que el Ministerio de Educación decidió avanzar sin que mediara un acto administrativo y afirmó que en paralelo retiró a la escuela del formulario de inscripción antes de dictar la resolución.

El representante concluyó “El Estado no cumple la ley en relación al club AAJ y no cumple la ley porque retira una escuela de la inscripción”. E instó a la Justicia a que repare el daño que se produjo.

NR: Según publicó el medio periodístico Región Metro, el club Argentinos Juniors presentó el proyecto para modificar la ley que establece que la entidad debe brindar sus espacios al Gobierno porteño con fines educativos hasta el año 2100 el día 11 de noviembre (un día antes de la Audiencia) a través de la Mesa de Entrada de la Legislatura. La iniciativa, firmada por el presidente del club, ofrece a cambio, la posibilidad de que se utilicen los natatorios de sus centros deportivos.

En respuesta a Solano, la subsecretaria defendió su accionar diciendo que dado que el proceso de fusión de las escuelas comenzó en el mes de agosto, “por prudencia administrativa” no pusieron a la escuela en el listado sabiendo que se está en un proceso de reorganización y que se iba a “integrar con otra”.

Funcionarios del Ministerio Público Fiscal
El Dr. Damián Natalio Ariel Corti en representación del Ministerio Público Fiscal (Unidad Especializada en Litigios Complejos) mencionó que estaba evaluando las tres causas en las que si bien encontró puntos que las unen, analizándolas en detalle evaluó que tienen perspectivas distintas.

Pidió a las partes, que ya estando publicada en el Boletín Oficial la Res. 1452 que habilita la fusión de las escuelas 16 y 15, dejen sentado en el expediente sus respectivas posiciones.

Solicitó que el Ministerio de Educación manifieste a través de un documento escrito los detalles de las estadísticas que se fueron volcando a lo largo de la audiencia.

Pero la parte medular de la fiscalía fue cuando Corti solicitó “saber cuántos chicos con CUD están en ambas instituciones” porque esto “genera una preocupación distinta” en cuanto entrelaza la “vulnerabilidad en cuanto a niñez y vulnerabilidad en cuanto a discapacidad…” Por ello el fiscal aseguró que le “gustaría saber cuántos chicos con CUD continúan de una escuela a la otra y que trabajo especializado se hizo con cada familia porque ya de por sí es complejo el cambio de escuela en cualquier circunstancia, un cambio de escuela habiendo un certificado único de discapacidad que me pone un plus de protección a nivel constitucional a mi me gustaría contar con que el Ministerio de Educación pueda brindar información de cómo se trabajó con esas familias específicamente.”

Cuando la audiencia ya estaba finalizando, el abogado Fernández volvió a insistir en que a lo largo de todas las presentaciones nadie hizo referencia a la situación de los niños de nivel inicial y pidió que el tribunal ahonde en esa cuestión, además cruzó a la subsecretaria Cruzalegui, al decir que “En la cooperadora de la escuela hay casi 400 socios” y afirmó que mencionar sólo a los 111 estudiantes que van al nivel primario refleja un número parcial que no se condice con la realidad.

Por último, el Tribunal solicitó al GCBA que presente en la causa un informe sobre la situación del nivel inicial, un detalle de los niños y niñas con certificado de discapacidad y constancias de las reuniones que tuvieron lugar con las comunidades educativas involucradas en la causa.

martes, 4 de julio de 2023

CIUDAD DE BUENOS AIRES

RECURSO DE AMPARO


SOLICITAN QUE HAYA UN CENTRO DE ATENCIÓN VETERINARIA EN CADA COMUNA


Y se cumpla la ley 4351




La “Fundación por el Derecho de los Animales No Humanos” y la “Asociación Civil Callejeritos de Flores para la Defensa de Perros y Gatos en Estado de Abandono” junto a los juntistas Nayla Loitegui (Comunal 8), Pablo Ortiz Maldonado (Comuna 12), Leonardo Lucchese Di Leva y Julián Cappa (Comunal 7), presentaron una acción de amparo que en principio recayó en el Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 24 (Av. Pres. Roque Sáenz Peña 636) de la Ciudad a cargo del Juez Darío Reynoso y una vez sorteada, la causa pasó al Juzgado en lo Contencioso, Administrativo y Tributario N°2 a cargo de Roberto Gallardo, quien deberá resolver la medida cautelar y la cuestión de fondo.

La acción judicial busca que se cumpla la Ley 4351, cuyo objeto es el control poblacional y sanitario de canes y felinos domésticos y domésticos callejeros. Y fundamentalmente, se construyan Centros de Atención Veterinaria comunales, tal como establece la norma.

En su presentación los amparistas solicitan que en lo inmediato se cree una mesa de diálogo entre las autoridades del Gobierno de la Ciudad y los actores involucrados, para que en un plazo de 180 días eleve un informe de diagnóstico y propuestas urgentes.

En representación de la “Fundación por el Derecho de los Animales No Humanos”, la señora Mary Antunez explicó que “desde 2012, la Legislatura por unanimidad sancionó la ley 4351, que debe crear un centro veterinario público y gratuito por comuna para la atención sanitaria de perros y gatos, incluyendo castraciones masivas, con el objetivo específico de lograr un equilibrio poblacional y a fin de disminuir la cantidad de animales en situación de calle. Pero a más de 10 años de su sanción, con presupuesto e infraestructura asignadas, no se cumple. Solo tenemos dos containers a la intemperie que no son los centros que ordena la Ley.”

El Gobierno de la Ciudad, según datos oficiales, dispone de Centros Móviles de Atención Veterinaria y 2 puntos fijos de atención: Centro Fijo Costanera Sur (Costanera Sur); Centro Fijo de Villa Soldati - Parque Indoamericano (Villa Soldati). Sin embargo, la ley establece que debe instalarse al menos un Centro de Atención Veterinaria por Comuna. En la actualidad no existe ninguno. 

Además, quienes llevan adelante este reclamo remarcan que los 2 puntos fijos existentes, son contenedores de chapa que no cumplen con las condiciones necesarias para su correcto funcionamiento. Y comentan que los días de lluvia o frente a las inclemencias del tiempo deben suspender los servicios porque la espera, tanto antes, durante y después de la atención, los perros y gatos junto con sus dueños deben hacerla a la intemperie. Es decir, no cuentan con ámbitos que permitan dar una atención digna a los animales y sus acompañantes

En el amparo sostienen que “El incumplimiento de la creación de los Centros de Atención Veterinaria Comunal que establece la norma, y las dificultades en la obtención de turnos en los centros móviles, representa un serio problema para quienes no pueden tener acceso a la atención privada veterinaria y dejan en estado de vulneración a los animales que no pueden tener la atención sanitaria correspondiente.” A su vez, destacan que el cumplimiento efectivo de la ley busca garantizar el derecho a la salud de las personas que habitan la ciudad, tendiendo a evitar la proliferación de enfermedades zoonóticas y la disminución de la cantidad de niños, niñas y adolescentes con parasitosis a causa del contacto con animales que no tenido ningún tipo de intervención veterinaria.

En el marco de esta presentación, el martes 4 de julio, a las 11 de la mañana se reunieron quienes se constituyeron como “Amicus Cureae” apoyando este proceso para que llegue a buen fin. Entre ellos, estuvieron la legisladora porteña Bereniz Iañez y la juntista de la Comuna 11, Victoria Pugliese.

martes, 1 de noviembre de 2022

VILLA DEVOTO

RECURSO DE ÚLTIMA INSTANCIA


VECINOS DE DEVOTO ACUDEN A LA JUSTICIA PARA DEFENDER SU IDENTIDAD BARRIAL

Después que no han funcionado los recursos e instrumentos de la democracia participativa a la que han apelado, decide presentar un amparo.



Aunque vista de lejos en esta gran urbe da la impresión que todos somos parecidos, cuando nos acercamos, caminamos y conocemos a los vecinos de los distintos barrios, percibimos que hay matices que los hacen únicos. Y esto es así porque cada barrio de nuestra ciudad nació de un modo particular, desde allí fue construyendo su propia historia hasta alcanzar una idiosincracia que lo describe, lo identifica y lo distingue del resto.

Ese arraigado sentimiento de pertenencia no escapa a los devotos donde muchas familias han nacido y vivido en él generación tras generación, incluso algunos se remontan hasta los orígenes mismos de este barrio que nació con un diseño urbanístico propio.

La belleza de sus calles pobladas de añosos árboles, sus casas con enormes jardines y un aire de pueblo donde la tranquilidad y el canto de los pájaros confluían a crear un ambiente único dentro de la gran ciudad, lo definió durante muchos años como “el jardín de Buenos Aires”.

Sin embargo, los cambios que está viviendo la zona debido al nuevo Código Urbanístico, sancionado en 2018, está comenzando a mostrar una transformación acelerada de su fisonomía en la medida que se multiplican las demoliciones de esas hermosas casas que son reemplazadas por voluminosas nuevas moles cuya imponencia llega hasta la misma línea municipal y los fabulosos pulmones verdes que forman parte de su patrimonio ambiental son eliminados y en su lugar se levantan “terrazas verdes” o simples cocheras cementadas.

Al impacto de estas transformaciones arquitectónicas se suma el cambio que se les está imponiendo a su estilo de vida con la expansión del polo gastronómico, la creación del distrito del vino y sustantivas modificaciones que se están realizando en el casco histórico que para muchos significa que se borre parte de un pasado que tiene indudable valor patrimonial.

Por supuesto, hay quienes piensan que todo esto forma parte de un progreso "irremediable" . Así lo ven especialmente los visitantes que solo aprecian la zona recorriéndola circunstancialmente o aquellos que no han conocido ni disfrutado esa versión de Villa Devoto que muchos vecinos sienten que están avasallando.

Esto que estamos comentando en estas líneas no surge de la opinión del cronista que escribe este artículo, nace de escuchar a infinidad de vecinos decirlo reunión tras reunión a cuanto funcionario se presenta en la comuna y más precisamente en Villa Devoto.

Hay un sector de residentes que sienten que se "están llevando puesto" el lugar que aman y que eligen para vivir porque están provocando que pierda su esencia. Y a pesar que han tratado de manifestarlo en todas las instancias que los habilita la democracia participativa, -ese instituto creado por la Constitución de nuestra ciudad y que es la base que establece las normas para una sana convivencia social- consideran que no fueron escuchados.

Esa falta de escucha por parte de las autoridades, la ausencia de respuesta frente a sus reclamos y el sentimiento que están siendo testigos de la "destrucción" de "su lugar en el mundo" los ha llevado a tomar la decisión de apelar al siguiente nivel, primero se organizaron y conformaron la Asamblea Devoto Unido. Ahora, acompañados por el Observatorio del Derecho a la Ciudad y “El Movimiento La Ciudad Somos Quienes la Habitamos” decidieron apelar a la Justicia para defender la identidad de Villa Devoto.

La causa judicial fue caratulada “Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE AMPARO – AMBIENTAL”, Expte. N° 355939-2022/0 y quedó radicada en el fuero Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad.


Antes y Después del nuevo Código Urbanístico

En un comunicado que han dado a conocer recientemente, explican que en“la demanda se permitió que se declare la inconstitucionalidad y nulidad de la actual regulación urbanística que surge del Código Urbanístico (Ley N° 6099 y Ley N° 6131) para el Barrio Villa Devoto, en tanto, autorizó un incremento de la capacidad constructiva que no tuvo en cuenta el tejido preexistente al eliminar la restricción constructiva del FOT que disponía el Código de Planeamiento Urbano derogado para las distintas zonas del Barrio. Como consecuencia de estos cambios de normativa urbanística, se incrementó la capacidad constructiva de las parcelas entre un 2,22 y 4,36 veces en el 61,91% del área total de Villa Devoto, llegando a 5,52 y 6,62 veces en otros sectores. Esto dejó un proceso acelerado de renovación inmobiliaria y urbana,

Y sigue explicando… “Asimismo, se solicitó que se ordene la suspensión de la ejecución de nuevas obras o edificios en el Barrio Villa Devoto cuyos proyectos sean acordes a los nuevos parámetros urbanísticos del Código Urbanístico hasta que el GCBA no realice una Evaluación de Impacto Ambiental Acumulativa y una Evaluación Ambiental Estratégica con relación a la modificación de la planificación y el incremento de la capacidad constructiva del Barrio Villa Devoto dispuesta por el nuevo Código Urbanístico (Doctrina del caso “Salas” de la Corte Suprema, art. 7 del Acuerdo de Escazú , artículos 2 bis, 5 y 8 bis de la Ley N° 123, artículos 10 y 30 de la CCABA)”.

La acción judicial recibió el apoyo de cientos de familias del barrio que apoyaron la interposición de la presente demanda.

También la petición “Basta de Destruir Devoto” que se encuentra en la Plataforma de Change cuenta con la firma de 2781 personas hasta el presente. ( https://www.change.org/p/basta-de-destruir-devoto )

Por último, los litigantes anticiparon que también realizaron a través de la diputada Claudia Neira un Proyecto de Ley, con el fin de modificar el Código Urbanístico y adecuarlo de manera tal que se proteja la identidad de Villa Devoto.

¿Qué está causando esta problemática?

Desde el Observatorio del Derecho a la Ciudad , lo explican en detalle.
En principio, la nueva legislación permite un aumento generalizado de la capacidad constructiva.
Con el código anterior no resultaba tan atractivo y rentable demoler una vivienda para construir un nuevo edificio donde solo se podría levantar la misma cantidad de metros cuadrados.
Aunque hay que decir que la zona nunca sufrió una paralización edilicia. Muy por el contrario, siempre se caracterizó, aún en épocas recesivas, por mantener dinámica la industria de la construcción, ya sea con obras nuevas o con reformas y remodelaciones, mostrando un barrio pujante, con una arquitectura ecléctica que iba desde antiguas casonas inglesas muy bien conservadas hasta flamantes viviendas de diseño contemporáneo, siempre respetando su propio perfil urbanístico.
Sin embargo, el nuevo Código Urbanístico llegó para descompensar esa ecuación e introdujo sustantivas modificaciones: eliminó el FOT, aumentó la altura, eliminó la obligación de mantener un retiro obligatorio de la línea municipal y hubo la superficie que se debe dejar libre en el centro de la manzana.
La consecuencia es que en el caso de demoler una vivienda, ahora se puede construir entre tres y diez veces más, dependiendo de la zona. Esta situación implicó un estímulo a los procesos de renovación urbana e inmobiliaria cuyo objetivo es extraer y capitalizar el aumento del valor del suelo derivado del aumento de la capacidad constructiva permitir.


INVESTIGACIÓN TERRITORIAL

Villa Devoto es principalmente un barrio de casas bajas donde predominan las residencias de uno (1) o dos (2) pisos.
Para demostrar el grado de incidencia que tuvo este cambio de normativa, “Vecinos Unidos” solicitó un Informe Técnico que fue elaborado por la Arquitecta Magdalena Eggers, que llegó a la siguiente conclusión“Identificamos varios sectores en los que al rezonificar claramente no se tuvo en cuenta el tejido preexistente ni la base normativa asentada por el Código de Planeamiento Urbano. Fundamentalmente el Sector 3 y Sector 6, donde se permite 2.22, y 4.36 veces más superficie construible que antes, y que significan el 61,91% del área total de Villa Devoto. Este aumento indiscriminado de la capacidad constructiva cuyo único fin es recaudatorio, fomenta la demolición de numerosas casos con increíbles parques, con el objeto de promover construcciones rentables en un barrio que aún conserva identidad y tranquilidad a pesar de su ubicación estratégica debido a que el Código de Planeamiento Urbano lo protegía”.

Surge de esta investigación que la eliminación del límite de FOT presentó un incremento del 200% y un 400% de la capacidad constructiva en casi el 62% de manzanas del Barrio Villa Devoto. En algunas manzanas dicho incremento llega al 600%.

El grupo vecinal también hizo un relevamiento que puede verse georreferenciado en el mapa: 


De acuerdo a este relevamiento realizado de un sector representativo de Villa Devoto durante los meses de mayo y junio de 2022, se concluye lo siguiente:
TOTAL DE PROPIEDADES EN VENTA CON CARTEL: 85
TOTAL DE PROPIEDADES VENDIDAS CON CARTEL: 14
TOTAL DE TERRENOS BALDIOS Y/O TAPIADOS: 8
TOTAL DE DEMOLICIONES TOTALES: 38
TOTAL DE OBRAS EN EJECUCIÓN: 44

Cabe destacar que entre el momento que se realizó el relevamiento (mayo/junio de 2022) y cuando se hizo esta presentación ante la justicia días pasados, hay sectores -como la zona 4- en los que los carteles de venta han abordado un 75%

¿La infraestructura del barrio es capaz de soportar tantas nuevas construcciones y un aumento considerable de la densidad poblacional?
En el documento que dieron a conocer a los medios en el día de hoy, sostienen que “la infraestructura de la zona se encuentra en estado crítico”. 
Y agregan... "El GCBA dejó de exigir la presentación previa de certificados de factibilidad de infraestructura de servicios públicos para autorizar la construcción de nuevos edificios. Esto con el objetivo de ocultar que esta sobreconstrucción excederá la capacidad de carga de la infraestructura de servicios El incremento de la densidad constructiva implica la disminución de suelo absorbente, la tala de árboles de forma masiva en momentos que serían necesarios la creación de espacios verdes y la plantación masiva de especies arbóreas pérdida de identidad barrial. La arquitectura y el arte como forma de expresión histórica y artística para dar lugar a construcciones especulativas sin carácter ni valor artístico, híbridos de cemento sin expresión alguna."

Dentro de la argumentación los demandantes se apoyan en los preceptos que establece el Plan Urbano Ambiental , una de las leyes madre y fundamental para cualquier intervención que se realice sobre el tejido urbano. En este sentido recogen que "la ley con mayor jerarquía en la planificación de la ciudad, protege por una parte la existencia la “pluralidad de formas residenciales” y establece que se deben “preservar los sectores urbanos de baja y media densidad que manifiestan características singulares de valor y buen grado de consolidación”.
El Barrio de Villa Devoto es un barrio residencial de casas bajas con características singulares de valor, con sus bulevares, arboledas, las lomas, las casas bajas con amplios jardines y la nutrida vegetación en los pulmones de manzana.
Por último, el Plan Urbano Ambiental promueve la protección y el fortalecimiento de las identidades barriales. Respetar las identidades barriales significa respetar la morfología de densidad y tipo de sociabilidad y patrimonio de nuestros barrios. Los demandantes entienden que esto no se ha respetado y que el Código Urbanístico es contrario a esta línea fijada por una ley a la que debe seguir.

EN SÍNTESIS...

En la última parte, el comunicado expresa de manera taxativa lo que entienden estos vecinos sucederá con este barrio y es por ello que han decidido acudir a la Justicia como último recurso porque en todas las instancias de la democracia participativa, que impera en nuestra ciudad y a la que una y otra vez apelaron, sistemáticamente sintieron que no fueron escuchados.
Y alertan... “el Barrio de Villa Devoto, de acuerdo al nuevo Código Urbanístico va a dejar de ser un barrio residencial de casas bajas. La cantidad de demoliciones y construcciones que se activaron luego de la sanción del Código está produciendo un barricidio. Se está destruyendo la identidad barrial de Villa Devoto y su actual fisonomía de hábitat residencial de casas bajas.
“Es evidente que un Barrio donde se autoriza incrementar la capacidad constructiva desde un 200% hasta un 400%, dependiendo de los sectores, va a sufrir una modificación radical a sus actuales fisonomía y morfología urbanas, así como también las relaciones sociales y la calidad ambiental presente por el incremento demográfico acelerado que va a padecer.”