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viernes, 19 de mayo de 2023

CIUDAD DE BUENOS AIRES

ES LEY


NUEVAS MEDIDAS BUSCAN IMPULSAR MAYOR OFERTA DE VIVIENDAS EN ALQUILER


La Legislatura de la ciudad celebró el jueves 11 de mayo una nueva sesión ordinaria que dio inicio a las 11hs con un amplio temario.

Entre los temas a tratar resultaron de mayor relevancia están las iniciativas que promueven el alquiler de viviendas.

Los diputados de la Ciudad aprobaron normas que promueven las locaciones de uso familiar. Sancionaron nuevo régimen sobre geriátricos.


FOMENTO DE LOCACIONES FAMILIARES

Las viviendas que se ofrezcan en alquiler en la Ciudad de Buenos Aires, para uso residencial de las personas, quedarán exentas del pago de la tasa de ABL y del impuesto Inmobiliario durante tres años o la duración del contrato de arriendo (lo primero que ocurra), según dispuso una ley sancionada este jueves en la Legislatura.

La promoción se refiere a los inmuebles que tengan un valor fiscal de hasta 10 millones de pesos y a cánones mensuales de locación inferiores a 220 mil pesos mensuales. Quedan excluidos de estos incentivos las casas o departamentos amueblados que se alquilen a turistas.

La ley surgió de un proyecto de la legisladora Paola Michielotto (VJ) y otros diputados de su bloque y de la UCR. El beneficio es para los contratos de alquiler que se suscriban hasta el 31 de diciembre de 2023 y la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos determinará los requisitos de inscripción.
Mediante otra ley, también se estableció la eximición del pago de impuestos a los Ingresos Brutos al propietario que alquile viviendas, hasta un máximo de tres unidades habitacionales y por un monto no superior a los 220 mil pesos mensuales cada una.

Por otra parte, se aprobó la eximición del pago del 80% del derecho para Desarrollo Urbano y Hábitat Sustentable que apliquen sobre las obras o proyectos inmobiliarios destinados a vivienda individual o colectiva en las comunas 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10. Se pagará solo el 20% de los metros cuadrados declarados, después de haberse obtenido el permiso de obra.

SISTEMA DE CO-VIVIVENDA

Se sancionó el denominado Régimen de Co-vivienda destinado a personas que están en situación de vulnerabilidad y afectadas por el déficit habitacional. Se trató de una iniciativa de la legisladora Cecilia Ferrero (VJ) y otros del mismo bloque, analizada en las comisiones de Presupuesto y de Vivienda.

El sistema consiste en que organizaciones sociales como cooperativas, mutuales, fundaciones, fideicomisos y otras asociaciones sin fines de lucro puedan presentar proyectos de Co-vivienda ante el Instituto de la Vivienda, que será la autoridad de aplicación, en representación de sus socios o adherentes que deben ser personas de bajos recursos que no posean inmuebles propios.

Las entidades civiles que se presenten a concurso podrán celebrar con el IV actos jurídicos para hacerse cargo de edificaciones, refacciones de edificios, su administración y funcionamiento. Se tratará de terrenos en desuso, obras en curso o interrumpidas o edificios ya concluidos.

Se podrán utilizar para este régimen los inmuebles de dominio privado de CABA y el IV y los de dominio privados de otros propietarios estatales, no estatales y personas jurídicas sin fines de lucro.

La co-vivienda podrá aplicarse a edificios, unidades habitacionales o partes comunes. Los usuarios o moradores tendrán el derecho de propiedad horizontal o de uso y posesión conjunta de unidades o partes comunes. Como compensación, contribuirán con trabajo, dinero o ambas cosas a la organización civil de la que forman parte.

martes, 10 de noviembre de 2020

CIUDAD DE BUENOS AIRES

NOTICIAS LEGISLATIVAS


LA CIUDAD ADHIRIÓ A LA LEY NACIONAL DE CANNABIS MEDICINAL.

REGULARÁ SU USO E INVESTIVACIÓN


La Legislatura porteña aprobó este jueves durante la Sesión ordinaria la Ley a través de la cual la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhiere a la Ley Nacional Nº 27.350 de “Investigación Médica y Científica del uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados” y fija un marco regulatorio para el acceso informado y seguro, la investigación, el uso científico y la producción pública del cannabis y sus derivados como recurso terapéutico en el ámbito de la Ciudad.
“Nuestro Gobierno Nacional avanzó ayer a través del Decreto 833-2020 en una nueva reglamentación que amplía derechos de la Ley Nº 27.350. Se ha mejorado y dado una normativa de avanzada que, en consonancia con la adhesión de la Ciudad, va a garantizar el acceso efectivo a tratamientos de salud para las personas que lo necesiten”, sostuvo la legisladora del Frente de Todos, María Rosa Muiños, una de las principales impulsoras de la Ley aprobada por la unanimidad del Cuerpo parlamentario.
“La Ley local establece los marcos legales para garantizar la investigación, con el objeto de afianzar y mejorar los tratamientos hasta hoy conocidos. Es una Ley de consenso que da respuestas concretas a una necesidad que está latente en la sociedad, en muchas familias, en la lucha organizaciones y de un montón de mamás que tratan de darle una mejor vida a sus hijos que padecen enfermedades tratables con cannabis”, expresó Muiños, quien llevó adelante la iniciativa, junto a los legisladores del bloque UCR-Evolución, Leandro Halperín, Ariel Álvarez Palma, María Inés Gorbea, Marcelo Gouman; Juan Francisco Nosiglia, Martín Ocampo, Manuela Thourte, María Patricia Vischi y Diego Weck.
“Queremos que la Ciudad garantice el derecho a la salud en lugar de criminalizar la utilización de cannabis con fines medicinales, ya que en los últimos años, tanto la ciencia como la medicina, han comenzado a divulgar sus efectos positivos para determinadas dolencias, epilepsia refractaria, espasticidad y espasmos dolorosos en esclerosis múltiple, reducción de náuseas y vómitos. Este es un paso esencial, pero es el primero. Necesitamos llegar a más consensos para lograr una Ley todavía mejor”, indicó la vicepresidenta 2da. de la Legislatura.
La normativa dispone que el Ministerio de Salud porteño, en tanto autoridad de aplicación, promoverá “la investigación y capacitación de la siembra, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación”, e impulsará “estudios e investigaciones clínicas para profundizar conocimientos y crear nuevos saberes”, que cuenten con la participación de asociaciones civiles, entes estatales como hospitales públicos y universidades, y la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).
Respecto del cultivo, la Ley indica que “Todo paciente o representante legal, tutor o curador de paciente que se encuentre comprendido en las previsiones de la Ley N° 27.350 está habilitado a sembrar, cultivar o guardar cannabis en las cantidades y formas que determine la legislación vigente. El Ministerio de Salud deberá previamente autorizar y establecer mecanismos de aprobación, tanto en la normativa sobre el cultivo como en el aceite producido. A tal fin, se solicitará al INTA y a la ANMAT las colaboraciones técnicas correspondientes”.
Asimismo, se creará el “Consejo Asesor de Políticas relacionadas al Cannabis”, conformado por representantes de asociaciones civiles especializadas, representantes de los usuarios, profesionales e investigadores de universidades.
Por último, el Ministerio de Salud gestionará y tramitará ante el Estado Nacional las autorizaciones y los convenios necesarios para garantizar la provisión del cannabis conforme a las exigencias legales de calidad, seguridad y eficacia requeridos por la ANMAT; y todas aquellas autorizaciones legales, acciones y medidas tendientes a proteger y mejorar la salud pública y la calidad de vida de la población mediante la investigación, convenios de colaboración con universidades, CONICET, INTA y otros organismos y entidades de la Ciudad, nacionales y/o extranjeras.

viernes, 12 de abril de 2019

COMUNA 15

LEGISLATIVAS

SE SANCIONÓ LA LEY QUE PERMITIRÁ CONSTRUIR 11 TORRES DE 17 PISOS CADA UNA EN LOS TERRENOS DE LA ISLA DE LA PATERNAL
La historia de estas tierras es el fiel reflejo de las desavenencias argentinas.


El Hospital de Pediatría que no fue.
Todavía recuerdo cuando de chica pasaba por allí con el colectivo de la línea 78.
A pesar que era muy pequeña me quedó impreso en la memoria la tristeza que me generaba ver la desolación de aquellas moles deterioradas por el tiempo de abandono, con los vidrios rotos y pastizales crecidos a su alrededor. Reinaba en ese lugar una total desolación.
Más grande comprendí. El complejo iba a ser un hospital de Niños, al que seguramente hubiese concurrido porque lo tendría a pocas cuadras de mi casa y mis padres hubieran apelado a él más de una vez. Pero no pudo ser. Las antinomias pudieron más.
El origen del conflicto en estas tierras se remonta a la forma en que el Estado se “apropió” de esos terrenos. Corrían los primeros años de la década del ´50 y regía la Constitución de 1949. Según esa Carta Magna el Estado tenía la potestad de confiscar tierras a privados. Y fue lo que hizo.

Cuando sobrevino la Revolución Libertadora, la Constitución del 49 pasó a la historia y volvió a entrar en vigencia la Constitución de 1853. Bajo la norma repuesta, los ex titulares del predio consideraron que habían sido damnificados y tenían derecho a la restitución de las tierras o a una indemnización, ya que la Constitución de 1853 reconoce al Estado el derecho a expropiar en nombre de un bien público superior, pero es condición que de una justa compensación a los titulares privados de ese bien.
Ahí comenzó un litigio que duró décadas.

Marzo de 1991 implosionan los edificios.
A mediados de los ´80 el terreno comenzó a ser intrusado y los edificios ocupados por familias en situación de vulnerabilidad.
Para fines de esa década, las condiciones de hacinamiento de quienes allí se alojaban eran prácticamente infrahumanas y el peligro de derrumbe una posibilidad cierta. Estas circunstancias bautizaron al lugar como “Albergue Warnes”.
El gobierno de Carlos Grosso con la anuencia de la Nación (recordemos que por ese entonces el intendente de la Capital Federal no era más que un delegado del Poder Ejecutivo Nacional) decidió erradicar a los ocupantes, trasladándolos a un barrio especialmente construido para ellos, e implosionar las construcciones.
Antes, ya se había llegado a un acuerdo con los descendientes de los titulares originales. La tierra fue adquirida por una empresa francesa de supermercados.
Imagen de las futuras torres.
El plan de la firma multinacional era de envergadura: además de instalar un hipermercado, tenía previsto construir un conjunto de torres de altura para viviendas. También se haría una escuela y para asegurar la fluidez del tráfico se resolvió eliminar el paso a nivel sobre Chorroarín y vías del Ferrocarril Urquiza, realizando un túnel. De todo esto, el proyecto de las torres fue lo único que se desestimó. En alguna charla a la que hemos asistido hace bastante tiempo, se mencionó que la empresa decidió no realizar el complejo habitacional porque las condiciones de la tierra se habían modificado con las implosiones que se hicieron para demoler el albergue Warnes. Se dijo que el suelo había sufrido un proceso de licuefacción y hacer las torres implicaba una inversión superlativa dado que edificios de tanta altura debían asegurarse con profundos pilares.
La licuefacción del suelo describe el comportamiento de suelos que, estando sujetos a la acción de la fuerza externa (carga), en ciertas circunstancias pasan de un estado sólido a un estado líquido, adquieren la consistencia de un líquido pesado o se transforman en una especie de polvillo.
Visto los altos costos, la empresa Carrefour ya hace años que se desprendió del predio que hoy está en manos de una constructora.
En este lugar hoy hay un bello parque que disfruta la comunidad. Ayer los 34 legisladores  del oficialismo que votaron y sancionaron la ley de rezonificación del área que permite la construcción de 11 torres de 48 metros de altura, condenaron a muerte al espacio verde.
Por supuesto, estos legisladores de "Vamos Juntos" en ningún momento escucharon a los vecinos que participaron, que fueron claros y tajantes, y que además, a pedido del propio Jefe de Gobierno, presentaron un proyecto alternativo bajo el número de expediente 362- P-2019 con más de tres mil firmas adherentes. Con la colaboración de profesionales expertos, la iniciativa vecinal buscaba unificar las parcelas privadas valorizando el pulmón verde como entorno ecológico amigable, proponiendo la reducción de las alturas y mejorar las condiciones de uso mediante la implementación de una mesa de consenso, trabajando entre las partes involucradas.

Para aquellos que no conocen el área, este sector está conformado por las manzanas ubicadas entre las avenidas Warnes, Chorroarín, las vías del Ferrocarril Urquiza, la avenida Del Campo y Garmendia se caracteriza por tener casas bajas, lo cual genera una atmósfera especial y un paisaje que acompaña al entorno de amplios espacios verdes que lo rodean: las facultades de Agronomía y Veterinaria, los jardines del Hogar San Martín, El Albergue Garrigós, el Cementerio de la Chacarita, el Club comunicaciones, el Hospital Alvear y el predio que ocupan los supermercados. Esto convierte al área en el segundo pulmón verde de la ciudad después de los bosques de Palermo.

Lamentablemente los representantes del pueblo que ayer votaron esta ley estuvieron muy lejos de priorizar el Bien Común.

miércoles, 9 de enero de 2019

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

ES LEY

BUSCA ACELERAR LA RECONEXIÓN DEL SERVICIO DE GAS


La nueva norma dice que "las empresas prestatarias de suministro de gas no podrán exigir adecuaciones a nuevas regulaciones que impliquen modificaciones edilicias a cada unidad habitacional para interrumpir el suministro de gas, salvo que fuera necesario por resultar la instalación peligrosa o defectuosa”.


Quienes han pasado por cortes prolongados del suministro de gas a raíz de una pérdida o fuga en la cañería, saben de que se trata.
El tiempo y los costos de reparación suelen multiplicarse. En general, este tipo de obras no llevan menos de tres meses aunque hay edificios que llegan a estar hasta un año y medio sin suministro cuando faltan los recursos para hacer frente a los trabajos que hay que realizar.
Pero la peripecia no termina allí. Una vez que la reparación está finalizada y no hay más pérdidas, llegan los inspectores de las empresas a revisar todo el domicilio. En el 99% de los casos, las casas y unidades funcionales de edificios que han atravesado por estos problemas no están adecuados a las modificaciones de reglamentaciones que operaron en los últimos años. Y entonces, la empresa no devolvía el suministro de gas hasta que no se cumpliera el protocolo a pie juntillas.
A partir del día de hoy eso cambió con la entrada en vigencia de la ley 6110, la cual intenta poner freno a los cortes de gas prolongados en casas y edificios de la ciudad.
La nueva norma establece que “en el éjido de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las empresas prestatarias de suministro de gas no podrán exigir adecuaciones a nuevas regulaciones que impliquen modificaciones edilicias a cada unidad habitacional para interrumpir el suministro de gas, salvo que fuera necesario por resultar la instalación peligrosa o defectuosa”.
Esta ley fue impulsada por el legislador porteño del GEN Sergio Abrevaya.
La empresa Metrogas informó que ellos se rigen por el marco regulatorio establecido por el ENARGAS (Ente nacional Regulador del Gas) que fija las regulaciones para las operaciones comerciales, impositivas y técnicas, en calle, en obra y las tareas hacia los clientes, por ejemplo, las inspecciones en el corte de gas.
Esperemos que la nueva normativa no entre en conflicto con reglamentaciones nacionales ya que es angustiante para los usuarios permanecer desprovistos de este servicio público vital por un período mayor al que lleva solucionar los problemas de reparación por pérdidas o fuga en el fluido del gas.
Hay que considerar que a muchos clientes de las empresas de gas les resulta imposible asumir simultáneamente los costos que implican las reparaciones sumado a los trabajos de adecuación a las nuevas reglamentaciones. La posibilidad de que se les reponga el gas y luego puedan ir haciendo el resto de los trabajos para adecuarse a las nuevas especificaciones técnicas, significará un importante alivio.

viernes, 31 de agosto de 2018

CIUDAD

LEGISLATIVAS

AVANZA EL ESTACIONAMIENTO MEDIDO Y SE EXTIENDE EL ACARREO EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

En el día de ayer, jueves 30 de agosto de 2018, la Legislatura porteña aprobó con 34 votos a favor y 25 en contra una serie de cambios a la Ley 5.728 sobre Estacionamiento Regulado y autorizó el uso de once predios como playas de estacionamiento para los vehículos en infracción por un plazo de cinco años.
La medida contó solo con el acompañamiento de Vamos Juntos y el rechazo de GEN, UC, PS, PTS, MC, Evolución, AyL y BP.


La iniciativa establece la división de la Ciudad en cinco zonas, las cuales coincidirán con los límites de las distintas comunas, en las que operaran los concesionarios del sistema de acarreo. Cada zona contará como mínimo con una playa de remisión, la que será provista por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los fines de la correcta prestación del Servicio Público de Estacionamiento Regulado.

El sistema de acarreo tendrá una cobertura total de la Ciudad. Buenos Aires se dividirá en 5 (cinco) zonas en las que operarán los distintos concesionarios. 

Ubicación de las playas de acarreo:
Cabe destacar que el Ejecutivo porteño conservará la propiedad de los predios durante toda la vigencia de la concesión y estos estarán ubicados en lugares estratégicos del distrito capitalino: Estación Parque Chacarita -Av. Guzmán entre Corrientes y Jorge Newbery-, Conesa -Conesa, Concepción Arenal, Zapiola y Matienzo-, Obelisco Sur -Av.9 de Julio, entre Perón y Mitre-, Tacuarí -Tacuarí, Cochabamba, Bernardo de Irigoyen, y av. San Juan-, Quinquela Martín -Quinquela Martín, av. Herrera y av. Hornos-, Couture -Eduardo Couture y Facundo Quiroga-, Dávila -Dávila, Zuviría, Thorne y av. Eva Perón-, Cazadores -Artilleros -Artilleros, Cazadores, Echeverria y Juramento-, Pueyrredón -Obispo San Alberto, Franco y Bolivia-, Barragán -Barragán, Bynon, Gallardo y av. Reservistas Argentinos- y Rivadavia -Ramón Falcon, White, Donizetti y av. Rivadavia-.
Asimismo, la norma establece que estos predios sólo podrán ser operados por el concesionario como playas de remisión de vehículos acarreados por infracción, debiendo cobrar la estadía de tales vehículos cuando permanezcan más de dos horas sin ser retirados por el titular.

ESTACIONAMIENTO MEDIDO
El nuevo sistema estacionamiento “ordenado y acarreo”, tal como lo define el Gobierno de la Ciudad, comenzará a implementarse en 2019 y en realidad implica el arancelamiento de espacios en la vía pública que hasta ahora son gratuitos.
Desde el Poder Ejecutivo aseguran que en la ciudad se mueven “6 millones de personas todos los días, circulan 1.600.000 autos, 37 mil taxis y 10 mil colectivos”, por lo tanto “es necesario gestionar el espacio público de manera eficiente. El estacionamiento indebido en paradas de colectivos, rampas o áreas peatonales es una falta que, no solo entorpece el tránsito, sino que imposibilita que el transporte público se acerque a la parada o que una persona con movilidad reducida pueda cruzar la calle de manera segura, con claras consecuencias en la seguridad vial.”

El estacionamiento medido llevará de 4.000 a 80.000 la cantidad de espacios por los que se deberá pagar para estacionar. Además, habrá cinco zonas de acarreo con 11 playas y circularán más de un centenar de grúas para llevarse los vehículos en infracción.
Si bien la cantidad de zonas medidas irán en aumento, el Gobierno dejó en claro que aproximadamente 78% de los lugares para estacionar continuará siendo gratuito, mientras que alrededor de 22% será pago.
Las tickeadoras actuales serán reemplazadas alrededor de 2.000 terminales electrónicas multipropósito, multiespacio y autónomas; y desde el celular se podrá pagar y renovar el tiempo de estacionamiento. El nuevo equipamiento permitirá el pago con tarjeta de crédito, débito y SUBE y se reemplazará el ticket en papel -que ya no deberá ser exhibido en el parabrisas- por una factura digital. 

Horarios
Actualmente funciona de 8.00 a 21.00 en días hábiles y de 9.00 a 13.00 los sábados.
Con el nuevo sistema, el estacionamiento se encontrará tarifado en el siguiente horario:
Días hábiles: de 8.00 a 20.00 hs
Sábados: de 8.00 a 13.00 hs
Domingos y feriados: no tarifado.

Tipos de tarifas:
Se establecerán 2 tipos de tarifas diferentes. Ciertas áreas tienen gran movimiento comercial y, por lo tanto, mucha afluencia de tránsito. En esas zonas se priorizará que haya mayor rotación vehicular, para que más gente pueda estacionar, hacer su trámite o compra, e irse para dejar lugar al que viene. Allí se aplicará una tarifa progresiva.
Tarifa progresiva: el visitante paga 100% de una tarifa cuyo valor de la hora aumenta conforme permanece más tiempo estacionado. El residente en la cercanía a su domicilio, no paga.
Tarifa simple: el visitante paga 100% de una tarifa cuyo valor es constante; el residente en la cercanía a su domicilio no paga.
Beneficio del residente: para acreditar la residencia los vecinos podrán tramitar un permiso electrónico para estacionar de manera gratuita en las inmediaciones de su domicilio.

Aplicación para estacionar:
Otra novedad tiene que ver con la reducción en el tiempo de búsqueda de un lugar para estacionar: se estima que representa, en promedio, 20% del viaje. Desde una aplicación se podrá renovar el tiempo de estacionamiento de manera remota y acceder a un Mapa de Oferta para conocer la disponibilidad de espacios libres en la vía pública, legilizando el proceso. De esta manera, los vecinos podrán conocer con anterioridad la ocupación de la zona a donde se dirigen, planificar su traslado y tomar decisiones inteligentes -en base a información en tiempo real- que les ahorren tiempo de viaje", explicaron.

Las actas por estacionamiento indebido ocupan el segundo lugar en el ranking de las infracciones en Buenos Aires, representando 33,6% (1.389.968) del total durante 2017.

jueves, 9 de agosto de 2018

CIUDAD

ÚLTIMO MOMENTO!

LA JUSTICIA SUSPENDE EL TRAMITE PARLAMENTARIO DE LOS PROYECTOS DE LEY DE CÓDIGO URBANÍSTICO Y DE CÓDIGO DE EDIFICACIÓN

Gentileza: OBSERVATORIO DE DERECHO A LA CIUDAD

La Jueza Andrea Danas dictó una MEDIDA PRECAUTELAR ordenando la suspensión del tratamiento legislativo de los proyectos de ley N° 849-J-2018 (Código Urbanístico) y 1058-J-2018 (Código de Edificación). Ello hasta tanto la Legislatura y el Poder Ejecutivo informen en el plazo de cinco días, el estado parlamentario de los mismos, sus antecedentes y si efectivamente se ha convocado a audiencia pública previo a su tratamiento legislativo.
En la causa judicial caratulada "ARCE, JUAN ALBERTO CONTRA GCBA Y OTROS SOBRE AMPARO - OTROS", Expte. N° A13917-2018/0, la Asociación por la Justicia Ambiental (AJAM) y el Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC) cuestionaron la omisión tanto del Poder Ejecutivo como de la Legislatura de la ciudad en convocar y realizar la Audiencia PúblicaObligatoria que dispone el art. 63 de la Constitución de la Ciudad.
El 4 de abril de este año, el Jefe de Gobierno de la Ciudad remitió a la Legislatura el proyecto de ley N° 849-J-2018 que tiene por objeto aprobar el nuevo Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y el 19 de abril remitió el proyecto de ley N° 1058-J-2018 que tiene por objeto aprobar el Código de Edificación de la Ciudad.
De acuerdo al artículo 63 de la Constitución de la Ciudad es obligatoria la convocatoria a audiencia pública “antes del tratamiento legislativo de proyectos de normas de edificación, planeamiento urbano, emplazamientos industriales o comerciales, o ante modificaciones de uso o dominio de bienes públicos”.
La Jueza expresó en su fallo que "la suspensión del procedimiento legislativo se presenta como una medida necesaria para preservar los mecanismos de participación ciudadana garantizados constitucionalmente, y compatibilizar los intereses en juego, hasta tanto el tribunal pueda evaluar la procedencia de la medida cautelar solicitada, con mayores elementos de juicio".
Las asambleas y organizaciones sociales desde que el GCBA informó su decisión de aprobar el Código Urbanístico y un nuevo Código de Edificación para la ciudad cuestionaron que las instancias de discusión y participación ciudadana no se cumplen o constituyen una mera formalidad.

Quienes deseen leer la sentencia completa, los invitamos a entrar a la página del Observatorio de Derecho a la ciudad