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sábado, 18 de julio de 2026

CIUDAD DE BUENOS AIRES

ECONOMÍA & FINANZAS


PLAN DE ALIVIO FINANCIERO


La ciudad lanzó el Programa de Desendeudamiento Familiar e Individual.

Los residentes de la Ciudad de Buenos Aires con mora bancaria podrán acceder a partir de agosto a un programa de alivio financiero con tasas fijas subsidiadas y plazos mínimos de 24 meses. Y las primeras preguntas que nos hacemos son: ¿quiénes podrán acceder a este beneficio? ¿Los sectores más vulnerables y generalmente más castigados con el endeudamiento estarán alcanzados?

El trasfondo de esta iniciativa es el severo deterioro que viene sufriendo la economía doméstica. Ante ingresos que corren muy por detrás de los aumentos en gastos fijos — alquileres, expensas, servicios de luz, gas, agua, tasas e impuestos, por mencionar solo algunos—, millones de familias sufrieron un desfasaje financiero insostenible. Esto provocó un cambio de paradigma histórico: si en otras épocas el crédito se utilizaba para adquirir bienes durables, en los últimos dos años y medio se transformó en una herramienta de supervivencia para cubrir alimentos y necesidades básicas.


La radiografía actual es alarmante: seis de cada diez hogares argentinos están endeudados. Diferentes relevamientos indican que unos
20,9 millones de personas recurrieron a alguna vía de financiamiento, consolidando un volumen total que alcanza los $39 billones. De ese monto, $32,1 billones corresponden al circuito bancario tradicional (en rubros como tarjetas de crédito y préstamos personales), mientras que $6,9 billones se concentran en el financiamiento no bancario.

Sin embargo, el dato más crítico aparece al evaluar la capacidad de pago. Según los últimos informes del Centro de Economía Política Argentina (CEPA), durante mayo de 2026 cerca de 5,8 millones de personas presentaron irregularidades en el cumplimiento de sus obligaciones. Esto equivale al 27,9% de las carteras crediticias bancarias en términos nominales, mientras que aquellos que presentan una mora en los pagos de más de 60 días escaló al 15,3%.

Frente a este escenario, economistas de diversas corrientes advierten que estas circunstancias —tanto en los bancos tradicionales como en las plataformas digitales (fintech)— van dejando de ser un dato meramente coyuntural coyuntural. El fenómeno empieza a consolidarse como algo estructural, registrando los niveles preocupantes que no se veían desde la crisis de 2001.


PLAN DE FACILIDADES DE PAGO

Ante este panorama, la legislatura de la ciudad de Buenos Aires no permaneció indiferente y sancionó en el mes de junio la Ley Nº 6959 para que residentes de la ciudad puedan refinanciar sus deudas bancarias y normalizar su situación.

La norma establece condiciones para una mayor accesibilidad para refinanciar deudas en mora originadas en préstamos personales y por consumos con tarjetas de crédito registradas hasta el 1º de junio pasado.

En consonancia con ello, el Poder Ejecutivo reglamentó la ley y lanzó un plan destinado a que las familias puedan ir desendeudándose a tasas razonables.


El Programa de Desendeudamiento Familiar y Personal brinda ayuda a los residentes porteños, estableciendo un plazo mínimo de devolución de 24 meses y una tasa fija que no podrá superar el 35% de Tasa Nominal Anual (TNA). Habrá un período de 60 días para que los interesados puedan acceder a este beneficio, que comenzará a regir el próximo 3 de agosto.

Jorge Macri dijo al respecto “las familias porteñas podrán refinanciar sus deudas de tarjetas de crédito y préstamos en mora con más plazo y una tasa de interés fija. Es un alivio para la clase media que trabaja, se esfuerza y quiere ponerse al día. Las nuevas alternativas de refinanciación estarán disponibles a través del Banco Ciudad y de las entidades financieras que decidan adherirse”, sostuvo el Jefe de Gobierno” y agregó: “Esta fue una propuesta que trabajamos en conjunto entre el Poder Ejecutivo y la Legislatura para convertirla en una ley financieramente viable”.

REQUISITOS

• Tener deudas originadas con tarjetas de crédito y/o préstamos personales otorgados exclusivamente por entidades financieras.
• Mora en situación 2 o 3 del Banco Central (entre 60 y 180 días de atraso).
• Ingresos familiares inferiores a 10 salarios mínimos.
• Que los compromisos mensuales de deudas representen más del 30% de los ingresos mensuales del hogar.
• Tener domicilio real en la Ciudad con una antigüedad mínima de 2 años.

Quedarán excluidos quienes sean propietarios de más de un inmueble, tengan vehículos con una antigüedad menor a 5 años –excepto aquellos destinados a actividades laborales debidamente acreditadas–, sean titulares de embarcaciones, aeronaves o bienes suntuarios sujetos a registro, tenedores de activos financieros que excedan el total de la deuda reclamada y aquellos que hayan comprado divisas durante el período en el que se generaron deudas.

La ley también establece que el Banco Ciudad deberá instrumentar una línea específica de refinanciación, por intermedio de Ciudad Microempresas S.A.U., para los emprendedores y trabajadores no registrados que mantengan obligaciones con esa entidad y tengan atrasos de entre 60 y 180 días.

La adhesión al programa contempla un beneficio fiscal que otorga la Ciudad, la reducción del 50% del impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable a los intereses percibidos por las refinanciaciones.

Aquellas entidades financieras que quieran adherirse al programa tendrán tiempo hasta el viernes 31 de julio y podrán, además, ofrecer mejores condiciones que las previstas en la ley.

Otras entidades bancarias también tienen sus propios programas de rescate financiero. El Banco Nación y el Banco Provincia lanzaron nuevas líneas de crédito destinadas específicamente a la refinanciación de deudas.


¿QUÉ PASA CON LAS PERSONAS QUE SE ENDEUDARON POR FUERA DEL SISTEMA BANCARIO?

El problema financiero resulta aún más pronunciado fuera del sistema bancario tradicional. Mientras la irregularidad del crédito familiar llega al 15,3% en los bancos, entre las billeteras virtuales y otros proveedores no financieros de crédito trepa al 29,6%, el nivel más elevado desde que existen registros para ese segmento e incluso por encima del pico observado durante la pandemia. Normalmente quienes apelan a estos sistemas de financiación son personas que no reúnen los requisitos mínimos para acceder al sistema bancario tradicional por carecer de scoring crediticio.


UN EJEMPLO EXTREMO: TRABAJADORES DE DELIVERY

Según el medio de noticias InfoGei, entre los endeudados por fuera del sistema bancario, están trabajadores de aplicaciones de delivery, que enfrentan una creciente espiral de endeudamiento con las propias plataformas para las que trabajan.

Desde el gremio que los representa alertaron que las tasas de interés de estos prestados pueden alcanzar hasta el 700% anual. La mayoría de los créditos se destina a la compra o reparación de bicicletas o motos, es decir, los móviles que son imprescindibles para que cumplan con su trabajo.


El fenómeno, que también alcanza a comercios adheridos a los servicios de delivery.

InfoGEi suma algunas cifras que resultan contundentes: según el BCRA, la cantidad de deudores de este tipo creció un 122% en 2025, luego de haber saltado un 177% entre 2023 y 2024. A fines del año pasado, la deuda promedio por trabajador monotributista ascendía a $900.000, mientras que para los comercios adheridos el promedio era siete veces superior.

Los trabajadores independientes representan el 54% de los tomadores de créditos y concentran más del 62% del saldo otorgado. «Las plataformas están financiando a su propia base de trabajadores», concluyó el organismo.

En este contexto, Banco Galicia anunció un convenio con Rappi para ofrecer soluciones de pago y financiamiento a repartidores y comercios. Pedidos Ya, por su parte, informó que otorgó 57 mil créditos por 84 millones de dólares, el 54% de ellos a comercios, y explicó que las líneas para repartidores son a seis meses y no pueden superar el 30% de sus ingresos.

Para este sector que ha contraído deudas con plataformas y fintech hasta ahora no se ve que ninguna política que apunte a acompañarlos a cumplir con sus compromisos, que inclusive son más complejas de saldar que las del sistema tradicional porque tienen tasas de interés mucho más altas, plazos y condiciones menos favorables que las entidades bancarias.

En este sentido, ya se alzan voces alertando que debe haber una regulación del Estado, que asegure un equilibrio, evite tasas leoninas que se traduzcan en créditos impagables que terminen en incobrabilidad.

sábado, 3 de enero de 2026

LA OPINIÓN DE ESPECIALISTAS

NOVEDADES IMPOSITIVAS


PLAN ESPECIAL DE FACILIDADES DE PAGO

La Federación de graduados en Ciencias Económicas solicitó una prórroga


Escribe: ELISABET PIACENTINI - Contadora Pública (UBA)
Presidente de la Unión de Comerciantes de Villa del Parque. Coordinadora de MUJERES FECOBA.  CEO del Estudio Contable Piacentini


En junio de este año la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó, con el fin de facilitar el ingreso de los tributos y optimizar la cancelación de las obligaciones a cargo de los contribuyentes, un nuevo plan especial de facilidades de pago mediante la RG 5711, luego modificado por su par 5.777, cuya vigencia finalizará el próximo 30 de diciembre.

Oportunamente dispuso que estaba destinado a regularizar obligaciones fiscales y de seguridad social vencidas hasta el 30 de abril de 2025, inclusive; pero luego de prorrogada su vigencia, se admitieron las deudas vencidas al 31 de agosto de 2025.

En ese marco y siendo tan cercana la finalización de su aplicación, la Federación de Graduados en Ciencias Económicas (FAGCE) que reúne a todos los colegios de graduados del país, se dirigió al titular de ARCA, Andrés Edgardo Vázquez, solicitándole la prórroga del régimen de facilidades de pago hasta por lo menos hasta el 31 de marzo de 2026 y paralelamente extender la fecha de obligaciones incluidas para su regularización, llevándolas del 31/8/25 al 31 de diciembre de 2025.

Los motivos del pedido, a título de ejemplo, son la obligatoriedad del denominado “IVA Simple”, que fue complicado implementarlo, el que, si bien había sido optativo en meses anteriores, la obligatoriedad hizo que se tuviese que destinar un tiempo mayor para la presentación de las declaraciones juradas de dicho tributo.

Asimismo, ARCA inició numerosas inspecciones de períodos bastante “antiguos” que por pedir mucha documentación, no han podido ser finalizadas y, por ende, de mantenerse la fecha actual, no podrán gozar de los beneficios del plan de pagos

A lo que deben sumarse los feriados del mes de diciembre y los asuetos dispuestos por el Gobierno que reducen considerablemente los días hábiles del mes.


Características del plan de pago:


El plan especial de pago cuya prórroga solicita la FAGCE permite la adhesión de las personas humanas, sucesiones indivisas, micro, pequeñas y medianas empresas (tramos 1 y 2), entidades sin fines de lucro, empresas del sector salud, y el resto de contribuyentes.

Incluye la regularización de deudas impositivas y de la seguridad social, de monotributo, retenciones y percepciones impositivas y obligaciones aduaneras por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses, conforme a lo previsto en el Código Aduanero -Ley N° 22.415 y sus modificaciones-.

Vale resaltar que la regularización no implica la reducción de intereses, así como tampoco la liberación de las pertinentes sanciones.

En cuanto a los pagos a cuenta, la cantidad máxima de cuotas y tasa de financiación fija a otorgar será de la siguiente manera:


Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, con un monto mínimo de $2.000 por cuota, con un interés de financiación equivalente al 50% de la tasa de interés resarcitorio -según normativa del Ministerio de Economía- vigente al momento de la implementación del régimen.

La caducidad del plan se producirá a los 60 días corridos de constatada la falta de pago de 2 cuotas seguidas o alternadas.

miércoles, 25 de junio de 2025

LA OPINIÓN DE ESPECIALISTAS

NOVEDADES IMPOSITIVAS


NUEVO PLAN DE PAGOS


Escribe: ELISABET PIACENTINI. Contadora Pública.
CEO ESTUDIO PIACENTINI
Presidente de la Unión de Comerciantes, Profesionales e Industriales de Villa del Parque.
Coordinadora MUJERES FECOBA


En línea con el Gobierno nacional para mejorar la recaudación fiscal y facilitar la regularización de deudas, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) lanzó un nuevo plan especial de facilidades de pago. La medida busca ofrecer una salida ordenada a los contribuyentes con deudas vencidas al 30 de abril de 2025, tanto en el ámbito impositivo como en el de la seguridad social.

Esta nueva herramienta está pensada para contribuir a la estabilidad fiscal, brindando condiciones favorables para ponerse al día sin recurrir a instancias judiciales o embargos. ARCA ya había obtenido buenos resultados con su anterior plan, que permitió reducir significativamente el stock de deuda activa

¿Cuáles son las condiciones de los nuevos planes de pago?

No habrá limitaciones en la cantidad de planes a presentar.La fecha de consolidación será la fecha de adhesión.En cuanto a los pagos a cuenta, la cantidad máxima de cuotas y tasa de financiación fija a otorgar será de la siguiente manera (Ver recuadro).


¿Quiénes pueden acceder al plan de pagos?

Podrán adherirse a este nuevo esquema de regularización:
• Personas humanas y sucesiones indivisas
• Micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes – tramos 1 y 2)
• Entidades sin fines de lucro
•Empresas del sector salud
• Otros contribuyentes no incluidos en los grupos anteriores

Esta amplia inclusión apunta a facilitar el cumplimiento fiscal en sectores claves de la economía, especialmente aquellos que enfrentan mayores dificultades financieras en el actual contexto económico.

¿Qué deudas se pueden incluir?

El plan alcanza una variada gama de obligaciones fiscales, entre las que se destacan:
• Deudas impositivas
• Aportes y contribuciones a la seguridad social
• Obligaciones del monotributo
• Retenciones y percepciones impositivas
• Tributos aduaneros, tanto de importación como de exportación
• Liquidaciones e intereses en el marco del Código Aduanero (Ley 22.415)

También estarán comprendidas las infracciones y multas aduaneras relacionadas, en tanto estén incluidas en el procedimiento establecido por la ley vigente.

¿Cuál es el objetivo del nuevo régimen?

El plan se enmarca en una política activa de recaudación progresiva y previsible, que busca garantizar el financiamiento del Estado sin recurrir de forma inmediata a medidas coercitivas como los embargos o ejecuciones fiscales. De hecho, recientemente ARCA también modificó el procedimiento de embargos para dar un plazo adicional de 48 horas antes de solicitar cautelares judiciales, lo que refuerza esta nueva lógica de incentivo al cumplimiento voluntario.

Con este tipo de herramientas, el Gobierno apunta a mejorar la liquidez de los contribuyentes, especialmente de las pymes, y evitar una mayor litigiosidad en el ámbito tributario. A su vez, permite a la administración recuperar fondos clave sin necesidad de incrementar la presión fiscal.


PRÓXIMOS PASOS

Se espera que en los próximos días ARCA publique los detalles técnicos del plan, incluyendo el plazo de adhesión, el número de cuotas, las tasas de financiación aplicables y los beneficios por cumplimiento (como condonaciones parciales de intereses o multas).

El antecedente inmediato —el plan vigente hasta el 31 de mayo— permitió reducir un 66% el monto de deuda capital en determinados sectores, mostrando que los regímenes flexibles y masivos pueden resultar efectivos en términos de recaudación.