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lunes, 16 de diciembre de 2024

CIUDAD DE BUENOS AIRES

ES LEY


LA CIUDAD REDEFINIÓ SU CÓDIGO URBANÍSTICO

Un largo camino que finalizó con una aprobación con matices en la votación.
Distintas voces evalúan su impacto futuro.


En una maratónica última sesión legislativa del año, el 12 de diciembre los legisladores porteños aprobaron en segunda lectura el “ajuste del Codigo Urbanístico”.

Tras seis meses de peregrinaje legislativo que se inició el 30 de julio cuando el Poder Ejecutivo de la Ciudad presentó su proyecto a los diputados, que incluyó cambios y ochos jornadas de audiencia pública, se sancionó este denominado “Ajuste” del código que en general contó con 31 votos a favor, 11 en contra y 18 abstenciones. Aunque, cabe aclarar que en el tratamiento en particular, algunos artículos tuvieron un apoyo muy superior a la mitad más uno, gracias al acompañamiento del bloque de UP que votó a favor de los puntos con los cuales está de acuerdo.


Votación en general: cómo votó cada diputado.

De esta manera, se intenta dar un cierre a una etapa que comenzó con una fuerte demanda por parte de vecinos de más de 18 barrios de la ciudad que se sintieron impactados por las consecuencias de los Códigos Urbanístico y de Edificación sancionados en 2018. Con el tiempo esos reclamos se tradujeron en autoconvocatorias y organización en colectivos que presentaron iniciativas legislativas. Estos vecinos con sus iniciativas intentaban atemperar las consecuencias de lo que ellos entendían como un avance indiscriminado de la construcción, que rompía con la fisonomía y la calidad de vida en barrios que hasta 2018 habían tenido un desarrollo positivo. La fuerza del reclamo se hizo tan intensa que la necesidad de revisar el CUR se convirtió en un tema de agenda pública, ocupó gran parte de la campaña electoral de 2023 y su abordaje fue una promesa por parte de los candidatos a jefes de gobierno.

LOS CAMBIOS EN EL CUR Y SU IMPACTO SEGÚN DISTINTAS MIRADAS.

Según el Poder Ejecutivo, la iniciativa que presentó pretendió preservar el carácter de los barrios a través de la búsqueda de un equilibrio en la altura de los edificios construidos en cada manzana, y reservar los grandes desarrollos inmobiliarios para las avenidas que cuentan con la infraestructura de servicios adecuada.

Desde esta misma perspectiva, la nueva normativa amplía los centros libres de cada manzana, porque impulsa espacios más permeables que favorecen la entrada de aire y sol y promueve la calidad ambiental de los barrios.

Al mismo tiempo, ven como positivo que el nuevo texto cree un sistema de incentivos para el desarrollo constructivo de la zona Sur, históricamente postergada. Así, quienes construyan edificios para viviendas en determinadas áreas de esa parte de la Ciudad verán reconocida esa capacidad constructiva en determinados corredores de la zona Norte. Se promueven áreas de desarrollo prioritario, como Constitución, Flores y Nueva Pompeya, para poder buscar soluciones particulares a problemas específicos. Y se ajustó el APH32 Abasto, APH47 y barrio Los Andes.

Por eso, apenas se convirtió en ley, Jorge Macri expresó: “La Legislatura acaba de aprobar la nueva normativa para construir en la Ciudad, un compromiso que asumí con un objetivo bien claro, preservar la identidad de los barrios. El nuevo Código va a ser clave para que fomentemos el equilibrio de la Ciudad y para que sigamos promoviendo el desarrollo del sur, con más y mejores incentivos para quienes decidan invertir en esa zona. También vamos a priorizar los grandes desarrollos en las avenidas para cuidar la fisonomía de las calles más chicas y tranquilas”.


Desde la Interbarrial Buenos Aires (IBBA) la mirada es diferente. Esta entidad, nació con el objetivo de conglomerar a agrupaciones vecinales que vienen luchando desde hace varios años para que se concrete la modificación del código. Pretenden que se regule de manera más equilibrada la constructividad en la ciudad, se cuide la identidad de los barrios, se atemperen los usos en las áreas residenciales, se administre mejor el espacio público, se preserven los bienes y áreas patrimoniales, se creen nuevos espacios verdes de calidad y se cataloguen como urbanización parque todos los existentes.

A la vista de la reciente sanción emitieron un comunicado en el que denuncian que el código recientemente modificado no responde a un “plan urbano, es un plan de negocios” porque “el lema principal de preservación de la identidad de los barrios fue vaciado de contenido desde el momento en que se propusieron alturas de 24 y 36 mts. para barrios como Chacarita, Villa del Parque, Devoto, San Cristóbal, Villa Ortúzar entre otros, caracterizados históricamente por su carácter residencial y de casas bajas”.

Y agregan: “Asimismo se intensificó la mixtura de usos, que permite que se instalen polos gastronómicos, textiles y comercios ligados con la vida nocturna que alteran profundamente la vida de las y los habitantes de los barrios de la ciudad. Incorporaron un artículo sobre saturación de usos sin definiciones ni indicadores claros lo que lo convierte en una herramienta totalmente discrecional.”

Por eso en la IBBA concluyen que “este proceso no ha resultado satisfactorio en relación a las demandas instaladas por la mayoría de los barrios de la ciudad en cuanto a la infraestructura de servicios, el cuidado ambiental, el derecho a la vivienda digna, entre otras.”

Y finalizan afirmando… “tenemos la certeza de que esta es sólo una primera etapa en la lucha de las y los vecinos por una mejor calidad de vida y la promoción del buen vivir.”

Otros actores no menos trascendentes en la transformación de la ciudad son las constructoras. Desde la Cámara de Empresaria de Desarrolladores Urbanos (CEDU) manifestaron al diario La Nación su agrado por contar con las nuevas reglas de juego aprobadas. Al respecto, el presidente de la cámara Damián Tabakman dijo “Es muy bueno que la incertidumbre normativa de los últimos meses se haya terminado con la aprobación del código, ya que como desarrolladores necesitamos reglas claras y, por suerte, ahora vuelven”. También se manifestó contento por “los incentivos para la zona sur”, considerando que “están muy bien, son inteligentes y creemos que van a funcionar”.



PUNTO POR PUNTO LOS PRINCIPALES CAMBIOS:

MODIFICACIÓN DE LAS ALTURAS
Un tema muy sensible para nuestros barrios.
La modificación incorpora la Unidad de Sustentabilidad de Baja Densidad 0 (U.S.A.B. 0) con una altura máxima de nueve metros (9 m) que se ubicará en zonas de uso predominante de vivienda unifamiliar; la Unidad de Sustentabilidad de Baja Densidad 1 (U.S.A.B. 1) se modifica su altura máxima y se eleva a doce metros (12 m) y la U.S.A.B 2 permite elevar hasta 14,60 metros de altura.

En las tres Unidades de Sustentabilidad de Baja Densidad 0, 1 y 2 tendrán una pisada hasta Línea de Frente Interno (L.F.I.), por lo que se amplían los Centro Libre de Manzana.

En 2018 la norma estableció seis alturas fijas: 9, 14, 24, 29, 38 y 45 metros, con el objetivo de eliminar las llamadas “torres sorpresa”. Con la nueva modificación se habilitan tres alturas excepcionales de hasta 68 metros en ciertas avenidas del norte de la ciudad.

Desde la agrupación Conciencia Urbana manifiestan como punto positivo que se bajó las alturas en algunas parcelas de Villa del Parque, pero no fueron escuchados en su reclamo para que:
• Todas las parcelas del interior del barrio se zonifiquen como USAB 0 (anterior USAB 1).
• Que los ejes Nogoyá, Cuenca, Joaquín V González y Av, Alvarez Jonte (entre JV González y E. Lamarca) sean USAB2. La Legislatura decidió pasarlos de USAA a USAM con una transición al contra-frente como USAB2.
• Que el polígono definido por San Martín, Cuenca, Vías FFCC y Nazca se reduce sectores de USAA a USAM, aunque el pedido vecinal fue que se dejaran como USAB 0.
• Que no se considere el Ámbito Estación Villa de Parque (polígono delimitado por la Av. Nazca, Ricardo Gutiérrez (mano par), Helguera, Pedro Lozano, Campana, Ricardo Gutiérrez (mano impar), Pasaje Padre Vicente Rigoni (no oficial), Helguera, Melincue y Ricardo Gutiérrez (mano impar), como zona para el desarrollo urbanístico, preservando su valor Patrimonial, incrementando el Espacio Público de libre acceso y la peatonalidad, restringiendo los usos y actividades de carácter privado, con integración paisajística y reforestación.

Por su parte desde la Asamblea Devoto Unido consideran que tampoco fueron escuchados en su pretensión de que se ampliara para su barrio la zona de USAB 0 a las áreas de amortiguación del APH 36.

CENTROS DE MANZANA LIBRES
Con la modificación del Código Urbanístico se recupera en parte el pulmón de manzana que el código de 2018 prácticamente redujo a su mínima expresión.

Ahora en una manzana de 100 metros se baja a 25 metros la posibilidad de construir en las parcelas centrales (en la versión de 2018 se podían construir hasta 33 metros de profundidad) y en los terrenos más cercanos a esquina se reduce a 16 metros.

Desde Conciencia Urbana advierten que estos espacios libres no necesariamente significarán mayor suelo absorbente.

CAPACIDAD CONSTRUCTIVA ADICIONAL
Los desarrolladores que construyan en zonas del sur, llamadas “emisoras de metros”, reciben permisos para construir más metros cuadrados en áreas del norte, conocidas como “receptoras de metros”.

En el Código se definieron áreas “emisoras” específicas, que abarcan barrios como La Boca, Pompeya, Parque Patricios, Constitución, Barracas, Villa Lugano y la Villa Olímpica. También serán beneficiarios de metros adicionales aquellos constructores que lleven adelante restauraciones o puestas en valor de inmuebles catalogados por su valor patrimonial.

Pero la capacidad constructiva adicional no es “metro construido por metro a construir” y esto lo explica muy bien un miembro de la Cámara de Desarrolladores Urbanos, graficándolo con un ejemplo… “Para hacer nueve pisos extras en la zona norte de la Ciudad [según el proyecto original] tenías que comprar o construir nueve pisos en el sur; ahora [según el texto definitivo del CUR 2024] podés comprar uno sólo en el sur y con eso basta para alcanzar los 23 pisos en el norte”.

Dos tramos de avenida San Martín, uno entre Juan B. Justo y Punta Arenas y otro entre avenida Mosconi y Gral. Paz, en las comunas 11 y 15 habían sido contemplados en el proyecto original como áreas receptoras de metros cuadrados, lo que hubiera permitido construir edificios de hasta 68 metros de altura. Durante el debate parlamentario esto se eliminó y finalmente esas zonas quedaron excluidas.

ZONAS PARA PROMOVER ESPACIOS VERDES
Otra incorporación novedosa en este ajuste del código es que ahora se consideran emisores de metros a los propietarios que cedan terrenos al Gobierno porteño (parcelas “destinadas a estacionamientos de una sola planta, cubiertos o descubiertos o de lotes baldíos”) en los barrios de San Nicolás, Monserrat, Balvanera, San Telmo, Almagro y Santa Rita -zonas de la ciudad más densas- para crear “nuevos espacios verdes de uso público” en esas áreas. De esta forma, al ceder esos metros, se aumenta la capacidad constructiva del propietario en otro sector de la Ciudad.

Los vecinos agrupados en @unaplazaparavilasantarita, uno de los barrios que está apuntado con este régimen, rechazaron de manera categórica esta incorporación al código, Y en una publicación realizada en su cuenta de Instagram argumentan que esta medida no les garantiza solucionar la carencia de espacios verdes del barrio y estiman que quedaría librado a privados la decisión de incrementar los espacios verdes en estas áreas de la ciudad. Tampoco les resulta válido que los supuestos espacios verdes que pueda ganar Villa Santa Rita sean a costa de construcción por encima de la norma en otras áreas de la ciudad.

NORMAS PARA PASAJES
Las construcciones que se hagan en los más de 400 pasajes de la Ciudad no podrán superar los 9 metros de altura.

LINEAMIENTOS PARA LA REURBANIZACIÓN DE BARRIOS POPULARES.



¿PARTICIPACIÓN REAL O SIMULACRO?

Jorge Macri no oculta su regocijo porque considera que “Esta ley nació del diálogo, de escuchar a cada vecino y a los profesionales del sector, y también del trabajo en conjunto con los legisladores de diferentes espacios, a quienes les agradezco por habernos acompañado con su voto. Nos llena de orgullo alcanzar este objetivo justo cuando cumplimos nuestro primer año de gestión”.

Sin embargo, los vecinos que miran los resultados con otros ojos, como los agrupados en la IBBA, afirman que “El proceso de elaboración y debate de la ley no estuvo exento de irregularidades y obstáculos a la participación ciudadana, tales como la difusión prácticamente nula de la convocatoria a audiencias públicas o la fijación de horarios laborales para las exposiciones, que influyó directamente en el bajo porcentaje de inscriptos a la audiencia que pudieron exponer o enviar su exposición por correo electrónico (alrededor de un 32%).” Y sustentan esta afirmación en estadísticas elaboradas por el Observatorio del Derecho a la Ciudad, que indican que “de los 552 participantes de las audiencias, sólo 47 se expresaron favorablemente sobre la modificación del código urbanístico propuesta por el ejecutivo. En el dictamen favorable se citó a quienes apoyaron el proyecto de ley y desde la IBBA pudimos constatar que al menos 8 de esas personas trabajan para el gobierno de la ciudad, una de ellas integrante de la Subsecretaría de Ambiente del GCBA.”

Los principales puntos que los participantes inscriptos en la Audiencia Pública
cuestionaron en sus intervenciones al proyecto de nuevo código


Sobre esta cuestión, la diputada Graciana Peñafort fue lapidaria en la sesión de la cámara, al decir “Una de las peores cosas que le podemos dar a los ciudadanos de esta ciudad autónoma es la escenificación mentirosa de la democracia y esa escenificación mentirosa de la democracia yo la viví con lo que pasó con las Juntas Comunales, lo que pasó con las audiencias públicas y no puedo creer que un montón de gente haya participado en procesos cuyos resultados efectivos son poco menos que iguales a cero. Por eso y como iniciativa (…) he presentado un proyecto para que las Audiencias Públicas sean vinculantes, no en términos que sea obligatorio hacer lo que dicen los vecinos, pero que al momento de apartarse no veamos la arbitrariedad que vemos ahora y que la administración deba explicar los motivos por los cuales se apartan…” Y cerró asegurando que pretende ser parte de una construcción colectiva donde “la voluntad de los vecinos (…) sea efectiva y que los instrumentos (…) sean reales… porque sino las normas quedan vacías de contenido y las leyes de segunda lectura son un mero trámite que demoran un poco más de tiempo.”


PRIMERAS CONCLUSIONES A LA VISTA

Quienes periodísticamente hemos cubierto el proceso que aquí brevemente expusimos, comprobamos que se ha perdido una nueva oportunidad para la ciudad y para sus habitantes.

Una vez más se puso "el carro delante del burro", hubiera dicho mi padre, que ejerció el periodismo vecinal desde el alma pero además fue, sobre todas las cosas, un eximio fomentista que amó profundamente a su barrio (Villa del Parque).

¿Por qué decimos que se hicieron las cosas al revés?. Porque cometiendo el mismo error que en 2018,  ahora se "ajustó" el Código Urbanístico sin haber actualizado antes el Plan Urbano Ambiental, la ley de leyes de planificación de la ciudad que engloba, le da sustento y cuerpo al resto de la legislación y de los códigos que rigen áreas más específicas, como son el urbanístico, edificación, habilitaciones y ambiental.

La falta de actualización de esta ley marco implica que temas tan trascendentes como las dos grandes amenazas que tiene nuestra ciudad producto de la crisis climática - inundaciones y los efectos de las islas de calor- no hayan sido ponderadas en la presente modificación del código urbanístico; del mismo modo que se dejan de lado los enormes cambios operados en la ciudad durante los últimos 16 años.

Al mismo tiempo, la ciudad también carece de un Código Ambiental, que nunca fue dictado. Y esto sin duda implica consecuencias desde el punto de vista urbanístico.

Estas dos grandes ausencias le vuelven a dar "patas de barro" al CUR. Pero si a ello le sumamos que tampoco fueron considerados los severos déficits de infraestructura de servicios públicos - luz, agua, cloacas y agua corriente - por la caducidad y falta de mantenimiento de la capacidad instalada pero también por la ausencia de nuevas obras que puedan abastecer la demanda de los desarrollos inmobiliarios que se construyeron en los últimos años, los cambios recientemente realizados al código podrían aportar más problemas que soluciones.

A las variables mencionadas hay que agregarle que este digesto no viene a acompañar un plan habitacional que revierta la deuda de acceso a la vivienda propia a la población residente que se vio expuesta a un proceso agudo de inquilinización en la última década y en ciertos sectores a la marginación a los eufemísticamente llamados barrios populares, producto de la mayor concentración y a la ponderación de la tierra como reserva de valor.

Pero para agregar una preocupación más a los vecinos que piensen que la aprobación de este código brindará respuestas inmediatas por los aspectos positivos que incorpora -menores alturas en algunos sectores de los barrios y aumento de los pulmones de manzana, por ejemplo - hay que decir que eso no será palpable en el corto y mediano plazo, ya que a la fecha los expertos reconocen que hay 33.000.000 m2 registrados, de los cuales solo 11.000.000 están construidos. Para decirlo simple, hay cientos y cientos de terrenos que cuentan con planos aprobados dispuestos a ser construidos bajo las normas de los códigos anteriores a este ajuste.

Y entonces, habrá que comprobar si este "ajuste" que desde el Gobierno y desde la Legislatura pretende volver a establecer reglas claras para los desarrolladores, cerrando un debate que abrió una parte de la ciudadanía por su disconformidad con las consecuencias que trajo el Código Urbanístico en el 2018, es capaz de hacerlo o por el contrario esas voces que sienten que no fueron escuchadas en sus reclamos se potencian a la luz de que a esta altura los encuentra movilizados y organizados.


jueves, 12 de diciembre de 2024

CIUDAD DE BUENOS AIRES

LEGISLATURA PORTEÑA


“AJUSTE” DEL CÓDIGO URBANÍSTICO


Se trata hoy en segunda lectura la aprobación de este proyecto presentado por el Poder Ejecutivo.

¿Una solución o la profundización de problemáticas que llevarán a más conflictos en nuestros barrios?. ¿Qué sucederá en la Comuna 11?


Imagen de archivo
En pocas horas más posiblemente la Ciudad de Buenos Aires tenga consagrada la modificación del Código Urbanístico que marcará nuevas reglas y la continuidad de otras en materia de edificabilidad, usos, espacio público, áreas y bienes patrimoniales y espacios verdes.

Así, lo que comenzó como una fuerte demanda por parte de vecinos de más de 18 barrios de la ciudad que se sintieron impactados por las consecuencias de los Códigos Urbanístico y de Edificación sancionados en 2018, que impulsó a algunos de ellos a presentar iniciativas legislativas buscando atemperar la constructividad en sus barrios para no verlos arrasados ​​en su fisonomía y calidad de vida, se transformó en un tema de agenda pública de la campaña electoral y en la promesa de Jorge. Macri de presentar un proyecto de ley que atenderá los reclamos vecinales

Sin embargo, el resultado hasta ahora -porque vale aclarar que el proyecto podría sufrir algunas alteraciones durante la sesión del día de hoy- no conforma demasiado a quienes más activamente se involucraron en la demanda de que este CUr se reformara, y en particular a los vecinos y vecinas que investigaron y presentaron proyectos de ley para sus barrios, como así también organizaciones de la sociedad civil que vienen trabajando hace años en esta temática.

Reunión de las Comisiones de Planeamiento Urbano y
Especial de Patrimonio Arquitectónico y Paisajístico que
emitieron el dictamen que habilitó el tratamiento de la segunda
lectura del proyecto de ley 2120-J-202
Tanto es así, que una legisladora de la oposición cuyo bloque no acompañó el dictamen del proyecto que habilitó el tratamiento de la segunda lectura de esta iniciativa ( 2120-J-2024) que se trata en el día de hoy, argumentó en la reunión conjunta de la Comisión de Planeamiento Urbano y la Comisión Especial de Patrimonio Arquitectónico y Paisajístico realizada a cabo el viernes 6 de diciembre en el Salón Montevideo del palacio legislativo, que las serias observaciones que realizaron los participantes de la Audiencia Pública en la que se inscribieron más de 1700 personas y que no se vieron plasmadas en ese dictámen abre la puerta a que los reclamos continúan y se incrementan en el futuro.

En esa reunión participaron los diputados Edgardo Néstor Alifraco (presidente de la Comisión de Planeamiento), Claudio Romero (presidente de la Comisión Especial de Patrimonio Arquitectónico y Paisajístico), junto a Matías López, Paola Michielotto, Matías Barroetaveña, Francisco Loupias, Juan Pablo Modarelli. , Claudia Neira, Ignacio José Parera, Leonardo Saifert, Guillermo Suárez, María Fernanda Mollard, Jessica Barreto, Maia Daer, Andrés La Blunda, Cele Fierro, María Sol Méndez, María Bielli, Manuela Thourte, Alejandro Omar Grillo, Juan Manuel Valdés y Gimena Villafruela . La primera media hora del encuentro fue cedida a escuchar a vecinos y representantes de asociaciones vecinales interesados ​​en la temática abordada por ambas comisiones, quienes tuvieron la posibilidad de expresarse y en su mayoría volvieron a hacer hincapié en las objeciones que ya habían expresado en la Audiencia Pública, en no haber tenido acceso previo a las modificaciones que se realizaron para el segundo dictámen y en que no se dieron a conocer las razones (como marca la ley) por las cuales no se incorporaron las propuestas y sugerencias que la ciudadanía fue expresando a lo largo de las largas jornadas de audiencia pública que se llevaron adelante entre el 6 y el 15 de noviembre.

Recordemos que el proyecto de reforma del Código Urbanístico presentado por el Poder Ejecutivo de la Ciudad se orienta en tres escalas: a nivel ciudad impulsa el desarrollo del Sur y a consolidar la zona Norte-, a nivel barrial -con el ajuste de algunas alturas-, prioriza en ciertos sectores las escalas barriales y aumenta la protección patrimonial pasando al catálogo definitivo inmuebles que estaban dentro de un listado provisorio. Y a nivel manzana, ajustó pisadas y alturas, revisando "llenos y vacíos", y ampliando el Centro Libre de Manzana.

El proyecto del Poder Ejecutivo fue enviado a la Legislatura el 30 de julio, tuvo aprobación inicial en el recinto el 30 de septiembre último y está previsto que en la sesión del día de hoy, última del año, avance con su segunda lectura y su sanción definitiva.

A lo largo de todo el proceso los diputados de la Comisión de Planeamiento Urbano realizaron distintas jornadas de trabajo en las que estuvieron presentes funcionarios de la Secretaría de Desarrollo Urbano, encabezada por Álvaro García Resta , para explicar los alcances de la iniciativa y escuchar también a los vecinos y asociaciones civiles que se acercaron a debatir el proyecto, donde también participaron ONGs y entidades técnicas. El tratamiento también contempló la realización de "mesas de trabajo específicas" con cada una de las 15 Comunas, tras lo cual se realizó la audiencia pública que estipula la Ley 6, que debido a la gran cantidad de inscriptos se extendió desde el 6 al 15 de noviembre. .


Elda y Patricia, dos vecinas que
representaron a Conciencia Urbana en la
reunión de Comisiones que se hizo
el pasado 6 de diciembre
¿QUÉ OPINAN DISTINTOS ACTORES SOCIALES QUE PARTICIPARON ACTIVAMENTE A LO LARGO DE TODO ESTE PROCESO?

En la Comuna 11 , hay vecinos y vecinas agrupadas en Devoto Unido y en Conciencia Urbana  que vienen desplegando un trabajo primero de relevamiento, investigación y luego de propuestas concretas que se expresaron en proyectos de ley propios que pretendían que fueran incorporados y tenidos en cuenta en los debates de modificación de este código. Los mismos apuntaban a que el crecimiento edilicio se apoyara en la sustentabilidad de Villa del Parque y Devoto, principalmente garantizando los servicios públicos (luz, gas, cloacas y agua corriente) que hoy se ven resentidos por una mayor construcción que no fue acompañada con obras de infraestructura en estas materias, a la par que solicitan que se preserve  la idiosincracia y fisonomía de barrios que están positivamente consolidados y se protejan áreas y edificios que son parte del patrimonio histórico, cultural y arquitectónico del lugar.

En este sentido, nuestro medio acudió a sus principales referentes para conocer cuáles eran sus impresiones a partir de la experiencia vivida y cuánto de sus peticiones evalúan que fueron volcadas en el digesto que en pocas horas más muy probablemente estará aprobado por la Legislatura.

Para Conciencia Urbana, hay algunos puntos de esta reforma que resultaron positivos, como:
1) La catalogación como Urbanización Parque (UP) algunos espacios verdes del barrio que hasta ahora no estaban protegidos bajo esta nomenclatura, como la Plaza Aristóbulo del Valle , aunque consideran como déficit que no se proyectan nuevos espacios verdes públicos en Villa del Parque.
2) Se baja las alturas en algunas parcelas del interior del barrio.
3) Solo se modifican las Unidades de Sustentabilidad de Altura Baja (USAB)
4) En todos los casos (USAB 0, 1 y 2) se permite construir sólo hasta la Línea de Frente Interno (LFI) que llega hasta ¼ de manzana, sin embargo no se genera necesariamente más suelo absorbente.
5) Pasarían a ley firme ya tener protección patrimonial 53 inmuebles en Villa del Parque que estaban en catálogo preventivo, de un total de 4060 desestimados.

Entre las asignaturas que no se cumplieron están:

• No se ha dado participación ciudadana de forma descentralizada en los barrios o en las Comunas, como sí se había hecho cuando se discutió el Código Urbanístico aprobado en el año 2018.
• No se aborda la falta de infraestructura, sostenibilidad urbanística y ambiental.
• Y en lo que respeta particularmente al proyecto presentado por los vecinos a través de Conciencia Urbana, observan que muy poco fue tenido en cuenta por los legisladores y entre los puntos más cuestionables que no se atendieron, se puede mencionar:
• Se elimina la transición entre las manzanas frentistas a la avenida Beiró y el interior de barrio (sobre José Pedro Varela, donde el impacto es muy negativo y existe mucha actividad inmobiliaria).
• Se sostiene la densidad alta entorno a la Estación Villa del Parque, considerando que en el expediente 768/23 se solicita, entre otros puntos: Integración paisajística y reforestación, y preservación Patrimonial.
• Se desconocen los antecedentes de la Ley N°4367, derogada con el CUR. (zona con problemas graves de servicios).
• No se aborda la mezcla de usos deseables. Se flexibilizan los usos complementarios, lo que permite la mezcla dentro de los usos existentes.
• No se contempla la matriz patrimonial elaborada por los vecinos.
• No se aborda el colapso de infraestructuras, considerando que no se exige la solicitud de factibilidades de servicios (entre otros).
• Se garantiza la vigencia de los trámites
• No se aborda el conflicto con el Distrito del Vino.
• Que todas las parcelas del interior del barrio se zonifiquen como USAB 0 (anterior USAB 1).
• Que los ejes Nogoyá, Cuenca, Joaquín V González y Av, Alvarez Jonte (entre JV González y E. Lamarca) sean USAB2. La Legislatura ha decidido pasarlos de USAA a USAM con una transición al contra-frente como USAB2.
• Que el polígono definido por San Martín, Cuenca, Vías FFCC y Nazca se reduce sectores de USAA a USAM, aunque el pedido vecinal fue que se dejaran como USAB 0.
• Que no se considera el Ámbito Estación Villa de Parque (polígono delimitado por la Av. Nazca, Ricardo Gutiérrez (mano par), Helguera, Pedro Lozano, Campana, Ricardo Gutiérrez (mano impar), Pasaje Padre Vicente Rigoni (no oficial), Helguera, Melincué y Ricardo Gutiérrez (mano impar), como zona para el desarrollo urbanístico, preservando su valor Patrimonial, incrementando el Espacio Público de libre acceso y la peatonalidad, restringiendo los usos y actividades de carácter privado, integrando paisajística y reforestación.

Por su parte los referentes de Devoto Unido también apelaron a los Legisladores en un último intento de ser escuchados y solicitaron que:
• Se amplíe la zona de USAB 0 a área de amortiguación (color morado), asimilándola al APH según el esquema adjunto (ver foto).

Y a la par piden que quede incorporado al texto de la futura ley que:
• No se admitirán usos y/o expansiones comerciales en el espacio público.
• No se admite usos y/o expansiones comerciales en pulmones de manzana
• Se restrinja la ocupación del centro libre de manzana
• No se aplican convenios urbanísticos
• No se admite el englobamiento de parcelas
• Se vuelva al retiro obligatorio de tres metros
• No se permita el completamiento del tejido
• Los organismos competentes solo deben poder autorizar obras de utilidad pública exclusiva que no alterne el carácter del espacio público.

Además solicitan que:
• La calle Navarro se transforma en zona de amortiguación.
• José Pedro Varela pase a ser USAB0
• Sanabria y Nogoyá: USAB2
• Av. Mosconi: área de amortiguación.
• Denominado al Seminario APH24
• Marcar en la plancheta propiedad con protección a AySA (comprendido dentro de las calles Navarro, Gualeguaychú, avenida Beiró y Mercedes), la casa de Juventudes (avenida Beiró y Chivilcoy).
• Se declara al predio de la cárcel como UP (Urbanización Parque)
• Todas las plazas, plazoletas y laterales del ferrocarril deben ir con denominación UP y marcadas en planchetas como plazoletas.
• Establecer la mistura de usos 1 en todo el centro del barrio y 2 en avenidas.
• Se agregarán al listado de propiedades catalogadas aquellas que estaban en el proyecto vecinal y que no figuran en el dictamen de la legislatura.

Al preguntarles, si había algún aspecto positivo en el proyecto próximo a aprobarse que quisieran destacar, los vecinos que integran este grupo vecinal remarcaron “de positivo, casi nada, solo la recuperación parcial de lo que eran los pulmones de manzana, aunque no se volvieron a considerar las troneras que permitirían la ventilación de las parcelas de esquina” .

Otro punto que creen que ha sido una conquista es “una pequeña baja de altura en una línea perimetral al APH respecto del CUR 2018” aunque aclaran… “sabiendo la cantidad de expedientes ya autorizados o en curso por certificados que aún no se hacen visibles, dejarán un perfil irregular entre lo que se autorizó y lo que vendrá, con situaciones caprichosas y sin estar avaladas por estudios, como el perfil de la avenida Chivilcoy que irá cambiando de alturas cada dos manzanas entre avenida General Paz y Baigorria, por ejemplo”. Y finalizando diciendo… “La promesa de campaña, podemos decir que no fue cumplida. El barrio de casas no está siendo protegido”.


APH 36 y zona de amortiguación
CRISIS DE ESPACIOS VERDES EN UNA CIUDAD CADA VEZ MÁS CEMENTADA

El actual Código Urbanístico y el de Edificación permiten la construcción de departamentos cada vez más pequeños. Así, las constructoras en la búsqueda del maximizar el aprovechamiento de los espacios y la rentabilidad, suelen ofrecer unidades que apenas superan los 20 metros cuadrados totales incluyendo baño y cocina, los cuales, siguiendo las tendencias de la época, suelen carecer de ventilación y luz natural.

Cuesta imaginarse como será la vida cotidiana de las personas que deben habitar estos espacios tan reducidos, que en algunos edificios encuentran un desahogo merced a SUM, natatorios y jardines comunes pero en otros donde este tipo de oferta no está presente, es aún más vital la cercanía de espacios de verde vivo de acceso público.

Sin embargo, esta modificación del CUR no parece haber tenido en cuenta estos nuevos contextos habitacionales y así lo han denunciado diferentes organizaciones y asambleas barriales, entre los que se encuentran @unaplazaparavillasantarita, quienes emitieron recientemente un documento en el que denuncian y rechazan “la ausencia de propuestas que implican la creación de nuevos espacios verdes públicos, vitales para la mejora de la calidad de vida de quienes habitamos la ciudad”

Y más adelante señalan… “de cara a la próxima sanción legislativa donde aprobarían definitivamente este nuevo CUR, denunciamos que lo único que han propuesto es crear plazas y parques públicos, desatendiendo un reclamo creciente y totalmente fundado en necesidades concretas de salud pública y derecho al esparcimiento de la ciudadanía…”

Y advierten… “peor aún, proponen la creación de 'Áreas de Promoción de Espacios Verdes´: un instrumento por el cual un propietario de un lote puede obtener más capacidad constructiva en otras zonas de la ciudad a cambio de destinarlo a un espacio verde. Así, el Estado se desligaría de la responsabilidad de tener una política ambiental y garantizar así derechos establecidos en la Constitución porteña, dejando el asunto librado a la voluntad del mercado inmobiliario”.

Y concluyen... “Reafirmamos nuestro objetivo de instalar en la agenda pública la temática ambiental como algo imprescindible para proyectar el desarrollo de la ciudad y la mejora de la calidad de vida -ambiental, física y mental- de quienes la habitamos. Seguiremos trabajando y tejiendo redes con las distintas organizaciones y asambleas que comparten este objetivo de crear y preservar espacios verdes públicos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.


SERIA DENUNCIA DEL OBSERVATORIO DE DERECHO A LA CIUDAD

Esta organización de la sociedad civil publicó recientemente en su plataforma un artículo que lleva la firma de María Eva Koutsovitis y de Jonatan Baldiviezo en el que denuncian que “Macri lograría que la Legislatura, violando la Constitución [de la Ciudad], le apruebe cientos de torres y excepciones para toda la ciudad".

En la síntesis de esa nota se menciona que “Luego de la audiencia pública sobre el proyecto de ley de “Ajuste” del Código Urbanístico, Jorge Macri logró que se incorpore en el Despacho que se votará definitivamente este jueves 12/12, violando el procedimiento constitucional, cuáles serán las parcelas emisoras y receptoras (torres) de la herramienta `Capacidad Constructiva Adicional´".

Y denuncia “En el texto de la primera sanción del proyecto se dispuso que en cada caso la Legislatura definiría las parcelas emisoras y receptoras. Como esta incorporación se realiza con posterioridad de la audiencia pública, la ciudadanía no tuvo oportunidad de opinar sobre la ubicación concreta de las parcelas y polígonos que generarían m2 y cuáles serían las parcelas receptoras donde se construirían las torres.”

Y argumenta que “esto constituye un fraude a la participación ciudadana y una inconstitucionalidad flagrante porque se viola el procedimiento de doble lectura dispuesto por la Constitución de la Ciudad”.

El nuevo digesto autorizaría a que se construyeran las torres en “213 parcelas receptoras con dimensiones superiores a 2.500 m2 y en cientos de otras parcelas receptoras en 11 corredores”. Y advierte que esta medida “la aprobación de la equivalencia de cientos de convenios urbanísticos y excepciones de una sola vez”.

Por último, adelanta que una de las posibles consecuencias inmediatas será “una judialización generalizada por cada torre aprobada que se autorice bajo los términos de la `Capacidad Constructiva Adicional´”.

jueves, 29 de febrero de 2024

COMUNA 11

INSTITUCIONALES



SE CAYÓ LA LEY DEL DISTRITO DEL VINO


En un fallo histórico el juez Guillermo Scheibler, a cargo del juzgado de Primera Instancia en CATyRC N° 13, sentenció la nulidad de la ley Nº6447 que creó el distrito del Vino.



Esta ley mal parida de entrada porque nació de espaldas a los vecinos y sin cumplimentar el camino de la democracia participativa que consagra la Constitución de nuestra Ciudad, encontró un freno en la Justicia.

La norma fue sancionada por la Legislatura de la Ciudad el día 2 de septiembre de 2021 gracias al acompañamiento de la mayoría automática (37 diputados) que tenía el oficialismo porteño junto a partidos aliados que tenía el cuerpo colegiado por aquel entonces.

Cuando volvemos la mirada a aquellos días, recordamos que el proyecto tuvo un trayecto meteórico en la legislatura y se transformó en ley en apenas 10 días, pasando del tratamiento en comisión al recinto donde fue aprobado con un mínimo debate y a pesar de las advertencias que los partidos opositores le hicieron (tanto el FdT y el FIT), en función que el proyecto no estaba cumplimentando el debido proceso y advirtieron sobre las consecuencias e impactos negativos que esta norma podría traer sobre ciertas áreas del territorio donde se establecía el polígono, la absoluta falta de consulta a actores sociales fundamentales y la nula participación de la comuna 11 que tiene en estas materias competencias concurrentes.

La inmensa mayoría de los vecinos se enteraron de las transformaciones que sobrevendrían con la esta nueva legislación a través de medios de comunicación nacionales cuando ya la iniciativa estaba a punto de sancionarse. Nunca les asistió el derecho de ser informados por los canales institucionales y mucho menos haber sido considerada su opinión a través de los institutos habilitados por la propia democracia participativa, como es el Consejo Consultivo, mesas de trabajo a nivel de la Junta Comunal y menos aún se llamó a Audiencia Pública. Es decir, los vecinos fueron considerados como "ceros a la izquierda".

Algo similar volvió a ocurrir para la reforma de esta ley, que entre otras cosas modificó la traza del polígono.  Una vez más, los vecinos comprobaron que sus reclamos y opiniones no fueron escuchadas en la reunión de comisiones de legisladores que tenían a cargo el proyecto de reforma. Y el día 7 de diciembre una misma mayoría oficialista automática volvió a aprobar la reforma de la ley Nº6447 sin haber atendido ninguno de los reclamos de los vecinos ni las sugerencias de la oposición. 

Vecinos organizados en los colectivos "Conciencia Urbana" y "Devoto Unido" expusieron
sus reclamos y objeciones en la reunión de Comisiones que dio dictamen para la reforma de la ley


Ahora y luego de más de dos años que se sancionó la ley, la Justicia se expidió sobre una acción de amparo presentada por el colectivo Asamblea de Residentes del Distrito del Vino conjuntamente con El Movimiento La Ciudad Somos Quienes la Habitamos, a través del equipo jurídico del Observatorio del Derecho a la Ciudad, que hicieron su presentación el 26 de abril de 2022 en una causa que fue caratulada como “Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE AMPARO – AMBIENTAL”, Expte. N° 63372/2022-0, que recayó en el Juzgado de 1º Instancia en lo CATyRC N° 13, a cargo del Dr. Guillermo Martín Scheibler.

En esta causa el Juez entendió que la presentación tenía fundamento y dictó una sentencia histórica haciendo lugar a la acción de amparo y declarando la nulidad de la Ley Nº6447 que creó el Distrito del Vino.

El Tribunal entendió que para la sanción de la ley 6447 debió seguirse el procedimiento de doble lectura previsto en el art. 89 y regulado en el art. 90 de la CCABA, y que debió convocarse a audiencia pública porque implicaba legislar sobre “excepciones a regímenes generales” y sobre a materia ambiental.

El GCBA aprobó la Ley del Distrito del Vino sin habilitar la participación ciudadana previa y sin cumplir el adecuado procedimiento de sanción de la ley como estipula la Constitución de la Ciudad.


PRINCIPALES FUNDAMENTOS DE LA SENTENCIA

El Observatorio de Derecho a la Ciudad sintetizó los puntos centrales del fallo:
“8. Que, sentado lo expuesto, analizaremos si en el trámite legislativo de la ley 6447 se afectó el derecho constitucional de todo habitante de la ciudad a participar en la toma de decisiones de políticas públicas, esto es si debió formularse mediante el procedimiento de “doble lectura” y someterse el proyecto a audiencia pública.
8.c. (…) la ley 6447 persigue fomentar la localización de determinado tipo de actividades en el polígono por ella delimitado, lo que potencialmente impacta en la fisonomía e identidad de los barrios afectados e implica por lo tanto materia ambiental conforme el art. 27, inciso 7°, CCABA.
En este punto, debe recordarse la particular relevancia que en la materia adquieren las disposiciones del Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe ( “Acuerdo de Escazú”), aprobado por nuestro país mediante ley nacional 27.566. (…)
En este sentido, no puede tampoco desconocerse lo resuelto recientemente por la Sala 2 de la Cámara del fuero el pasado 28 de diciembre de 2023 en cuanto dispuso ordenar a la Legislatura que “hasta tanto dicte el Código Ambiental asegure la participación de la ciudadanía en los procesos de toma de decisiones ambientales, asignando a las leyes de contenido ambiental el procedimiento de doble lectura” (autos “Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad c/GCBA y otros sobre amparo ambiental’, EXP 12718/2018-0). (…)
8.d. Por otra parte, la amparista planteó que no se siguió el procedimiento de doble lectura regulado en el art. 89 de la CCABA durante el trámite parlamentario de la ley 6447, y que resultaba obligatorio por consagrarse en la norma “una excepción a un régimen general’ (inciso 6, art. 89, CCABA), en este caso al del impuesto sobre los ingresos brutos. (…) la ley 6447 aparece como una norma de excepción a la norma general, que en el caso es el Código Fiscal de la ciudad, específicamente al régimen que prevé para el impuesto sobre los ingresos brutos, en tanto permite a los beneficiarios de la ley computar como pago a cuenta de tal gravamen un porcentaje del monto invertido en un proyecto de desarrollo de espacio dentro del Distrito del Vino, beneficio que no se encuentra previsto en el Código citado para ningún otro tipo de contribuyente.
En efecto, nótese que la propia demandada al contestar el traslado de la demanda reconoció que “los beneficios que se mencionan en la ley antes citada, no es aplicable, reitero, para la totalidad de las empresas dedicadas a la vitivinicultura y, solamente si las mismas se emplacen en la zona establecida por la norma legal” y destacó que “no cualquier ingreso estará alcanzado por el beneficio, sino solo aquél derivado de la actividad promocionada y siempre y cuando las firmas comerciales se establezcan en el polígono de referencia”, afirmaciones estas que no hacen más que corroborar el régimen de excepción que instaura la norma.
No resulta óbice a conclusión arribada, la circunstancia de que el beneficio aludido no constituya una exención, como pretende el GCBA, quien asimila exención y/o deducción a excepción a un régimen general, y por ende entiende que no existe tal excepción. Ello así, pues resulta falsa la premisa de que la “exención” constituya el único supuesto que configura una excepción al régimen general previsto para el tributo en análisis, pues no puede pasarse por alto que permitir a un grupo de personas (físicas o jurídicas) imputar como pago a cuenta una inversión realizada para una actividad determinada y en una localización determinada constituye una situación excepcional y de privilegio que difiere del régimen general establecido para el común de los contribuyentes, que no goza de tal beneficio.
9. Que, en tales condiciones, cabe concluir que para la sanción de la ley 6447 debió seguirse el procedimiento de doble lectura previsto en el art. 89 y regulado en el art. 90 de la CCABA, y que dispone en su inciso 3 la obligación de publicar y convocar a audiencia pública dentro del plazo de treinta días, para los supuestos en que la materia de la ley en tratamiento consagre “excepciones a regímenes generales” y en tanto refiere a materia ambiental (inciso 1° y fallo de Sala 2 ya citado); norma que establece, además, que ningún órgano del gobierno puede conferir excepciones al trámite de doble lectura y si lo hiciera éstas son nulas.
En el mismo sentido, como ya se expresara, la ley 6 en su artículo 3 señala que: “La omisión de la convocatoria a la Audiencia Pública, cuando ésta sea un imperativo legal, o su no realización por causa imputable al órgano convocante es causal de nulidad del acto que se produzca en consecuencia, quedando abierta la actuación judicial”, y en su art. 4 dispone que “[e]l incumplimiento del procedimiento estipulado en la presente ley podrá ser causal de anulabilidad del acto, por vía administrativa o judicial”.
De este modo, de conformidad con desarrollo efectuado y las normas transcriptas, por expreso mandato constitucional y legal no cabe más que declarar la nulidad de la ley 6447”.

Evento del Distrito del Vino
realizado en la Plaza Arenales
¿QUÉ SON LOS DISTRITOS?

Los distritos son sectores de la ciudad, donde por ley, las empresas que se instalen de determinados rubros o actividad adquieren el derecho a beneficios fiscales e incentivos crediticios como, por ejemplo: Exenciones a impuestos como Ingresos Brutos, Impuesto a los sellos, Impuesto Inmobiliario y Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrio, Limpieza, etc.; Créditos fiscales transferibles; computar porcentajes del monto invertido como pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por las actividades que desarrollen en toda la ciudad;

Así, desde el año 2008 fue aprobando distintos Distritos:
Distrito Tecnológico: Ley N° 2972 modificada por Ley N° 5927, N° 6136 y N° 6392.
Distrito de las Artes: Ley N° 4353 modificada por Ley N° 6136.
Distrito Audiovisual: Ley N° 3876 modificada por Ley N° 6136.
Distrito del Diseño: Ley N° 4761 modificada por Ley N° 6136 y N° 6391.
Distrito del Deporte: Ley N° 5235 modificada por Ley N° 6136.
Distrito del Vino: Ley N° 6447 modificada por Ley N° 6692.
Distrito Audiovisual y de las Artes: Ley N° 6390.

DISTRITO DEL VINO

El 11 de noviembre de 2020, se presentó el proyecto de Ley N° 2707-D-2020 en la Legislatura porteña. Con posterioridad se agregó el Expediente N° 1980-D-2021, presentado el 11 de agosto de 2021. Este proyecto fue sancionado por la Legislatura, en una única lectura, el 2 de septiembre de 2021, dando origen a la Ley N 6447, de creación del Distrito del Vino.

La Ley N° 6447 dispone que: “Son sujetos beneficiarios de las políticas de fomento previstas por la presente Ley, las personas humanas, las personas jurídicas y uniones transitorias de empresas que realicen desarrollos de espacios dentro del Distrito los cuales sean destinados exclusivamente a la realización de actividades relacionadas a la industria vitivinícola, siendo de:
a. Distribución de vinos;
b. Bodegas, vinotecas y cavas;
c. Museos y exposiciones relacionadas al vino;
d. Centros de enseñanza, formación y capacitación sobre el vino;
e. Administración de empresas vitivinícolas;f. Comercialización mayorista y minorista de vino.”


Nuevo polígono a partir de la reforma de la ley realizada el pasado 7 de diciembre de 2023

 

La Ley establece un régimen de beneficios:

Artículo 10.- Los beneficiarios inscriptos al Registro podrán computar como pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos un porcentaje del monto invertido en un proyecto de desarrollo de espacios dentro del Distrito, respecto de la totalidad de las actividades económicas que desarrollen en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme a su ingreso y de acuerdo a la siguiente tabla:

Proyecto de desarrollo            Porcentaje de la inversión
1º al 15º                                                   70%
16º en adelante                                        50%

Esta Ley fue modificada por la Ley N° 6992 que modificó el polígono del Distrito del Vino y extendió el plazo para que se presenten proyectos hasta el 31 de enero de 2026.

miércoles, 6 de diciembre de 2023

COMUNA 11

NOVEDADES LEGISLATIVAS


POLÉMICO PROYECTO DE MODIFICACIÓN DEL DISTRITO DEL VINO


Mañana, en la última sesión que se dará antes del reemplazo de la actual conformación, la legislatura porteña tratará la modificación de la ley del Distrito del Vino (Nº6447), a pesar de los planteos de la oposición y el rechazo de los colectivos vecinos.



Nuevamente y como sucedió en 2021 cuando se sancionó esta ley, se le vuelve a dar un tratamiento parlamentario intempestivo sin la debida escucha y participación de los actores fundamentales y de las instancias de diálogo institucional pertinentes.

Al respecto, cabe destacar que correspondería la consulta tanto a las Juntas Comunales como a los Consejos Consultivos de las comunas 11 y 15, en la medida que se trata de una ley que tiene impacto directo sobre sus territorios y en consecuencia, las comunas tienen competencias. concurrentes en la materia. En este aspecto basta subrayar que el Consejo Consultivo de la Comuna 11 rechazó en su última asamblea por unanimidad de los miembros presentes, el proyecto de modificación del Distrito del Vino tal y como está redactado, y por no haber sido sometido a debate a nivel comunal. .

Al mismo tiempo, tampoco los legisladores se tomaron el tiempo de preguntar cual era la opinión de las cámaras empresariales locales, o al menos no lo hicieron con la entidad de Villa del Parque. Nuestro medio se comunicó con la presidenta de la Unión de Comerciantes de este barrio , Contadora Elisabet Piacentini , quien se mostró sorprendida con esta novedad, ya que ninguna autoridad puso a la institución en conocimiento del proyecto en ciernes ni les pidió su opinión antes de los cambios. previstos por venir. Piacentini con evidente enojo manifestó… “nadie nos consultó. Nos convocan para realizar reuniones con comerciantes pero a la hora de legislar sobre nuestros centros comerciales ni nos avisan” .

El disenso también quedó explícito en las exposiciones que hicieron los vecinos que participaron de la reunión que llevaron adelante la comisión de Desarrollo Económico, Mercosur y Políticas de empleo , presidida por Gimena Villafruela , junto a la comisión de Presupuesto liderada por el diputado Claudio Romero . quienes dieron dictamen favorable para que este proyecto pueda tratarse mañana en el recinto.

LAS INTERVENCIONES DE LOS VECINOS

Mónica Cuoti señaló: Yo me imagino una ruta del vino explotada, como ya está explotado el barrio por las construcciones que han hecho desde el 2018.

Liliana Pagliaro precisó el derrotero que vienen llevando adelante el grupo de vecinos autoconvocados en Conciencia Urbana:“Presentamos un proyecto de ley para la modificación del Código Urbanísitico donde en uno de los artículos proponemos que se restrinja el Distrito del Vino a dos avenidas: Avenida San Martín y Av. Beiró, el resto del barrio es residencial”. Y se mostró asombrada…“nosotros además estamos con [la subsecretaría de] Desarrollo Urbano [Poder Ejecutivo] en una mesa de diálogo donde se están analizando las propuestas que presentamos. No entiendo por qué sale este proyecto de modificación del Distrito del Vino cuando por otro lado estamos hablando con el mismo Gobierno de la Ciudad”Y concluyó:“parecería que no hay muy buena comunicación entre los diferentes sectores”. Por último también solicitó: tener con las autoridades [legislativas] una mesa de trabajo, una mesa de diálogo así como estamos teniendo con desarrollo urbano”.



Fernanda Freijomil manifestó su preocupación porque no se desprende de la ley cuáles son los controles que desde el propio Estado se propician frente a la promoción del consumo de alcohol.

Miriam Gelman , referente del colectivo“Devoto Unido”leyó una nota que preparó la agrupación donde en sus partes fundamentales dice“Vemos con preocupación que en este polígono hay varias escuelas primarias como Cardenal Copello, Escuela El Mirador, Escuela Nº19, Jardín de Infantes San Antonio... Creemos que nadie puede soslayar lo que significa tener comercios vinculados con el alcohol cercanos a las escuelas."
Prosiguió leyendo: “ El Distrito del Vino trajo aparejado altos niveles de saturación, congestión vehicular, problemas de estacionamiento, carga y descarga, recolección de residuos, degradación del espacio público, inseguridad, roedores, etc, que afectan la calidad de vida de todos los habitantes…”
A continuación se señaló la falta de infraestructura (eléctrica y sanitaria) para soportar el mayor volumen de comercios.
Al final Gelman sostuvo que “El Distrito del Vino puso en riesgo las características identitarias de nuestro barrio, como así también la calidad de vida de todos los vecinos”. Y subrayó que desde el grupo que integran han presentado "un proyecto que limitaría el distrito económico a las avenidas Beiró, San Martín, Lope de Vega y General Paz (…) siempre y cuando el Poder Ejecutivo realice el Estudio de Impacto Ambiental correspondiente para evaluar los posibles efectos significativos que (ya tuvo) y pueda tener sobre el medio ambiente…”.

La arquitecta María Abecián, integrante del mismo espacio que la vecina preopinante, señaló que es necesario un debate a nivel local porque más allá de las iniciativas que presentaron en la Legislatura, hay residentes que viven sobre las avenidas mencionadas que tampoco quieren que allí esté radicado el Distrito del Vino y propuso que el mismo sea trasladado a la zona céntrica que necesita un estímulo especial del Estado y donde se concentran la mayoría de los turistas a los que está orientado este kilómetro “0” de ruta del vino que se busca promover .

LA PALABRA DE LOS LEGISLADORES

Concluida la exposición de los vecinos, la diputada Gimena Villafruela (JXC) presidenta de la Comisión de Desarrollo Económico, Mercosur y Políticas de Empleo se refirió al Expediente Nº2467 J 2023 modificatorio de la ley 6447 y a los ejes que guían los cambios que propician desde el oficialismo porteño:

• El primer eje se refiere a la eliminación de 194 manzanas del polígono del distrito del vino, dentro de las cuales se encuentran el Área de Protección Histórica de Villa Devoto -APH 36- (Plaza Arenales y los entornos de la estación Devoto del ferrocarril San Martín) y también se deja afuera gran parte de zonas residenciales. Asimismo, la legisladora enfatizó que el polígono se redirige a zonas con potencial de mayor constructividad y mezcla de usos más complejos para promover el desarrollo económico.
Remarcó que “lo que hacemos es lo que se permite en el cuadro de usos de planeamiento”

• El segundo eje se refiere a darle mayores herramientas al Poder Ejecutivo tendiente a brindarle mayores montos anuales para volcar en beneficio de las empresas que inviertan en este distrito y a su vez aumentar el monto anual de los proyectos que se incorporan.

• Por último, en el tercer eje se establece un plazo para la presentación de proyectos que será hasta el 31 de enero de 2026. Y se mantiene, como en el texto original, que los beneficiarios gozarán de esta promoción hasta el año 2035.



 

Para finalizar, la diputada Villafruela remarcó que en la actualidad hay 11 proyectos en marcha, 10 en Villa Devoto y uno solo en Villa del Parque. Y agregó que los emprendimientos que ya están en marcha en las zonas que se saque del Distrito del Vino seguirán gozando de las exenciones acordadas, priorizando de esta manera la seguridad jurídica que los ampara.

A continuación, hizo uso de la palabra el diputado Del Gainso (Coalición Cívica), autor e impulsor de la ley del Distrito del Vino. Sostuvo que las problemáticas que tienen los vecinos no tienen nada que ver con el desarrollo económico y con el distrito del vino sino con las normas de planeamiento que devienen de la mezcla de usos que autoriza el Código Urbanístico y precisó que podría sacarse todo el distrito del vino e igual se podrían seguir poniendo locales vinculados a los distintos usos porque es lo que permite el CUR.

La diputada Claudia Neira (Unión por la Patria) marcó un contrapunto al señalar que disentía con Del Gainso porque “hoy tenemos un gran problema de planificación de la ciudad y tiene que ver no solo con la perspectiva inmobiliaria sino que tiene que ver con distintas cuestiones que hacen a la planificación de la ciudad y una de las cuestiones centrales tiene que ver con los usos”. Y agregó que Villa del Parque y Devoto están impactados negativamente por el CUR que habilita las construcciones en altura y una mayor mixtura de usos. Sobre eso se creó el Distrito del Vino. Por eso afirmó… “Existe un planteo genuino de los vecinos…” que quieren evitar que se siga saturando el lugar donde viven.

Como resultado de lo cual, Neira sostuvo que hay que apuntar a dar la discusión de fondo y es que el Distrito del Vino conlleva un clivaje urbanístico indiscutible que no se puede ignorar, y esto exige tener una mirada más armónica sobre toda la planificación de la ciudad y no solo desde la visión acotada.

Concluidas las exposiciones, ambas comisiones dieron dictamen favorable al proyecto.