viernes, 28 de mayo de 2021

LA OPINIÓN DE ESPECIALISTAS

SUBSIDIO EXTRAORDINARIO


PARA MONOTRIBUTISTAS Y AUTÓNOMOS

¿Quiénes pueden solicitar el subsidio de $ 22.000?

Conocé paso a paso como tenés que hacer para inscribirte a este beneficio. Tenés tiempo hasta el 1º de Junio


Escribe: Contadora ELISABET PIACENTINI
Gentileza: ESTUDIO CONTABLE PIACENTINI


El Programa consiste en el pago de $ 22.000 a trabajadores independientes en sectores críticos, encuadrados en el Monotributo y también para trabajadores autónomos, que reúnan las siguientes condiciones:
a. Haber declarado como actividad principal, al 12-3-2020, ante la AFIP, alguna de las actividades incluidas en el siguiente listado:


En caso de que la actividad no se encuentre en el listado el aplicativo no permitirá continuar con la solicitud y aparecerá la siguiente pantalla:




b. Haber efectivizado al menos 2 pagos al régimen de trabajo independiente correspondiente en los últimos 6 meses previos a realizar la solicitud para acceder al Programa.
En el caso de declarar una fecha de inscripción al régimen correspondiente posterior a los 6 meses previos a realizar la solicitud al programa, deberá registrarse como mínimo 1 pago.

c. Presentar una reducción de la facturación superior al 20% en términos reales, para el periodo comprendido entre el 1° al 24 de mayo de 2021 y mayo de 2019.

En caso que la fecha de inscripción al régimen de trabajo independiente correspondiente sea posterior al 1° de enero de 2019, se excluye la presente condición para acceder al beneficio.
d. En caso de contar con trabajadores bajo su dependencia, se deberán cumplir además las siguientes condiciones:
I. Contar con una dotación de personal no superior a 5 trabajadoras y trabajadores en el mes anterior a la solicitud del beneficio.
II. Cargar saldos en banco y deudas para conocer el indicador de liquidez corriente (activo corriente / pasivo corriente) para el mes de abril de 2021 . Deberá presentar un valor máximo que será definido y analizado por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa REPRO II.
III. No figurar en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) en los supuestos previstos en el inciso h) del artículo 2º y en los artículos 3º y 4º de la Ley N° 26.940, por el tiempo que permanezcan en el mismo.”

Pasos para solicitar el beneficio para monotributistas

1.Dar de alta e ingresar al servicio REPRO II


2. Completar los datos de facturación que solicita el servicio y el CBU donde se cobrará el mismo



3. Prestar declaración jurada sobre la veracidad de la información y no ser sujeto pasivo del Aporte Extraordinario


4. Finalmente el servicio emitirá una constancia del trámite efectuado.



El Comité de Evaluación y Monitoreo del programa REPRO 2 expresará, en términos nominales, la variación real, ese comité será el que analizara la inflación del periodo y hará los cálculos La variación nominal resultante constituirá el parámetro que la trabajadora o el trabajador deberá reunir para cumplir el presente requisito.
Confirmación de Afip, aun no se sabe cuando ni como afip confirmara si otorga el subsidio.

Consultas:
Tel.: 4585.3779
WhatsApp: 11.5143.5065
www.estudiopiacentini.com.ar
Camarones 2950, C.A.B.A.

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