viernes, 9 de agosto de 2024

LA OPINIÓN DE ESPECIALISTAS

ECONOMÍA Y FINANZAS


EN QUÉ PUEDO INVERTIR SIN PAGAR EL IMPUESTO AL BLANQUEO


La AFIP reglamentó las alternativas para declarar fondos sin penalizaciones por encima de los US$100.000; bonos, acciones y proyectos inmobiliarios están entre las opciones.


Gentileza: ELISABET PIACENTINI. Contadora Pública (UBA)
CEO del Estudio Contable Piacentini
Presidenta de la Unión de Comerciantes de Villa del Parque y Coordinadora de Mujeres FECOBA.




La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el miércoles 25 de julio el Régimen de Regularización de Activos, más conocido como blanqueo. El Gobierno busca con esta herramienta aumentar la recaudación y sumar reservas al Banco Central (BCRA). Estimaciones privadas señalan que podrían ingresar US$2000 millones al fisco, que se verían reflejados mayoritariamente en la recaudación de agosto, aunque fuentes oficiales evitan hacer proyecciones.

El procedimiento, plasmado en la Resolución General 5528/2024, implica que será posible regularizar cualquier monto sin costo, si se mantiene el dinero en el sistema financiero hasta el 31 de diciembre de 2025, o bien se lo invierte en algunas de las colocaciones autorizadas por el Ministerio de Economía. Tampoco estarán sujetos al pago de impuestos quienes regularicen cualquier clase de bienes o tenencias por un valor de hasta US$100.000.

"Esta medida está dirigida tanto a los residentes en el país como a todos los argentinos que mudaron su residencia fiscal a otro país y hoy pueden decidir su regreso al amparo de este proceso", expresó el texto oficial.

En el caso de exteriorizar dinero en efectivo, el mismo deberá depositarse en una Cuenta Especial de Regularización de Activos, y mientras se mantengan en la misma no pagarán el impuesto. Sin embargo, los fondos que no sean transferidos a estas cuentas tributarán. El dinero en efectivo deberá regularizarse dentro de la primera etapa, hasta el 30 de septiembre de 2024.

Para no dejar el dinero inmovilizado, este viernes el Gobierno detalló algunas alternativas de inversión. El dinero regularizado también podrá usarse para la compra de títulos públicos (títulos, bonos, letras y otras obligaciones) emitidos por Nación, provincias, municipios o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

A su vez, se podrá invertir en certificados de participación o títulos de deuda de fideicomisos que tengan como finalidad el fomento de la inversión productiva. Esto incluye la inversión en proyectos productivos, inmobiliarios y de infraestructura. También el financiamiento de pequeñas y medianas empresas.

Las cuota partes de fondos comunes de inversión y sus suscripciones, las acciones colocadas por oferta pública con autorización de la Comisión Nacional de Valores y las obligaciones negociables (ON) a las que se refiere el artículo 36 de la ley 23.576 se suman a la lista de alternativas de inversión a través del blanqueo.

Por último, se podrá hacer desembolsos sin penalizaciones en inversiones directas e indirectas en proyectos inmobiliarios. En este caso, quedando comprendidos aquellas iniciativas que posean un grado de avance inferior al cincuenta por ciento (50%) de la finalización de la obra a ese momento.

Al respecto, Mariano Sardáns, CEO de FDI, una empresa de servicios financieros especializada en gerenciamiento patrimonial, expresó en diálogo con LA NACION que hay varios puntos que "no quedan del todo claros". "Hay muchas personas que quieren blanquear para comprar un inmueble, ya usado y terminado, pero no podrán hacerlo porque solo incluye a aquellas inversiones que tengan un grado de avance inferior al 50%", ejemplificó.

A su vez, se refirió a aquellas personas que quieren blanquear su dinero para financiera su empresa o emprendimiento, a través de una obra en el edificio o la compra de un terreno. "No queda claro qué sucede con estos casos. El Gobierno está más en lo formal, en lo institucional, cuando en teoría esto es un blanqueo popular. Hay muchísimos ejemplos, pero creo que acá van a blanquear muchísima gente, profesionales o cuentapropistas, empleados que tienen algunos miles de dólares guardados y se perderían la opción de formalizar esas posiciones y que puedan finalmente colocarlo mismo en un plazo fijo en el banco", señaló Sardáns.

Por su parte, el tributista César Livtin, CEO en Estudio Lisicki, Litvin & Asociados, opinó que la normativa es de gran ayuda para la Argentina. "Estas posibilidades y herramientas que está dando el Poder Ejecutivo intentan dar masa muscular a la actividad económica. Hace muchos años que el país no crece ni hay financiamiento genuino para empresas y con tasas atractivas".

Además, enfatizó en el beneficio que representa para el contribuyente, quien "en lugar de tener el dinero escondido en un colchón, puede exteriorizarlo, invertirlo y obtener una renta de ello".

"El único elemento a tener en cuenta es que la inversión en este tipo de instrumentos requieren una inmovilización por un tiempo prolongado y no va a haber libre disposición de esa inversión por un plazo importante", concluyó.

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