domingo, 26 de noviembre de 2023

LA OPINIÓN DE ESPECIALISTAS

NOVEDADES IMPOSITIVAS


MONOTRIBUTO 2024

¿Cuáles serán los topes de facturación a considerar por categoría?


Escribe: Contadora Pública  ELISABET PIACENTINI (UBA). Presidenta de la Unión de Comerciantes de Villa del Parque. Coordinadora de MUJERES FECOBA. SEO del Estudio contable Piacentini.


La actualización de los importes se realizan anualmente en base al índice de movilidad de las prestaciones previsionales.

La ley de monotributo en su art. 52 dispone que anualmente se realice una actualización de los montos máximos de facturación, de alquileres devengados y el precio máximo unitario de ventas que sirven para determinar la categoría del contribuyente, junto a los importes del impuesto integrado y las cotizaciones previsionales que deben ingresar los sujetos incluidos en el Régimen Simplificado.

Dicha actualización actualmente debería efectuarse teniendo en cuenta la proporción de las 4 últimas variaciones del índice de movilidad de las prestaciones previsionales -previsto en el artículo 32 de la ley 24241-.

Teniendo en cuenta esto último, el cálculo de la variación interanual ascendería a un incremento del 110,90% con respecto a los valores del inicio del 2023.

Una vez aplicado ese porcentaje sobre los valores que estuvieron vigentes en enero 2023, compartimos a continuación los importes máximos de ingresos brutos anuales que resultarían aplicables a partir del 1° de enero de 2024.


Topes máximos de facturación:

• Categoría A: $ 2.108.287,98
• Categoría B: $ 3.133.941,59
• Categoría C: $ 4.387.518,19
• Categoría D: $ 5.449.094,49
• Categoría E: $ 6.416.528,64
• Categoría F: $ 8.020.660,82
• Categoría G: $ 9.624.792,95
• Categoría H: $ 11.916.410,31
• Categoría I: $ 13.337.213,07
• Categoría J: $ 15.285.087,86
• Categoría K: $ 16.957.968,52

Precio unitario de ventas:

El precio unitario de ventas para todas las categorías asciende a $ 180.589,67.
Destacamos que estos valores son estimativos y pueden tener leves diferencias con los publicados oficialmente por la AFIP.

Estimación de parámetros aplicables a 2024:

Mediante la Resolución ANSES 216/2023, se dio a conocer el valor de la movilidad jubilatoria correspondiente al mes de diciembre de 2023, el mismo asciende a 20,87% fijando el haber mínimo jubilatorio en $ 105.712,61. Estos datos permiten estimar el índice de actualización aplicable a los parámetros de categorización del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) para el año 2024.

Los importes correspondientes a precio unitario de venta y alquileres devengados se ajustarán por el coeficiente 2,11 resultante de comparar los períodos diciembre 2022/diciembre 2023. Por su parte, los ingresos brutos devengados se ajustarían por 1,49 índice semestral resultante de los períodos junio 2023/diciembre 2023.

Si bien el artículo 52 de la Ley de Monotributo prevé la actualización anual, el Alivio Fiscal dispuesto en la Ley 27.676 facultó al Poder Ejecutivo a practicar adecuaciones semestralmente.



Por otra parte, los importes a ingresar en concepto de impuesto integrado y aportes de la Seguridad Social se estiman según el siguiente cuadro:




No hay comentarios:

Publicar un comentario