viernes, 15 de septiembre de 2023

VILLA DEL PARQUE

RECLAMOS VECINALES


VEREDAS PELIGROSAS


Ricardo Gutiérrez 3591
Días pasados nos escribió un vecino y lector de nuestro medio, el señor Gastón Enrique Grazide.

En la misiva expresó… “Recurro en esta ocasión a solicitar un consejo o una ayuda en un tema que me preocupa como miembro de una comunidad”…

Más adelante pasa a explicar la problemática que lo preocupa: “En la calle Ricardo Gutierrez 3591, que es un local que ha sido reformado hace más de un año elevaron el piso del mismo unos 15 cm. (me imagino para reforzarlo), pero ocurre que esa elevación fue trasladada a la vereda pública produciendo una rampa que se eleva en el borde de la pared, tema que me produjo varias caídas…”

Agregando más adelante… “Soy voluntario de la Biblioteca Parlante Sur donde he grabado durante muchos años la lectura de libros como así también (por mis condiciones de viejo cineasta) radioteatros con efectos de sonido y de ambiente con el fin de entretener a personas con discapacidad visual.”

A renglón seguido nos comenta “estuvimos promocionando entre otras cosas, que las veredas deben ser adecuadas para el tránsito de los no videntes. Hay una ley Nacional (Nº22431)  que habla del tema. Desde hace más de un año recurrí al dueño del local para que modifique esa vereda sin éxito. Denuncié el tema al teléfono 147 muchas veces, hasta que decidí formalizar la denuncia por escrito en la comuna 11, la respuesta fue que la vereda está en condiciones y no van a intervenir en la modificación de la misma (EX. 00537436/23). Esto lo recibí en un mail. Concurrí presencialmente a la Comuna que supuestamente actúa en beneficio de la comunidad, pero la respuesta es que me trasladaron el problema a un estudio jurídico del cual me han llamado para decirme que próximamente me van a dar una fecha de mediación. Yo padezco de neuropatía crónica en las piernas lo que hace que al caminar puedo perder estabilidad. No me quejo por mí, sino que averiguando con los vecinos ellos me dijeron que sí, que hay gente que ha tenido problemas para transitar, sobre todo los ciegos como así también las personas que deben manejarse con silla de ruedas, dado que el declive pronunciado de la vereda provoca dificultad para transitar dado que esa pendiente desvía la silla hacia la calle.”

“… No voy a victimizarme por mis caídas sino por el perjuicio grave que afecta a nuestros vecinos..."

Te saludo cordialmente.

Gastón Enrique Grazide Martin
DNI 4518201

Acercándonos de manera presencial al lugar, pudimos comprobar que hay un desnivel muy pronunciado entre la vereda en cuestión (R. Gutiérrez 3591) y las veredas de los domicilios aledaños. Al desnivel se suma una acentuada pendiente que se produce entre la línea municipal y el cordón, agudizada por el escaso ancho de la acera.

De esta manera el peatón se encuentra de sopetón con el desnivel, que puede resultar infranqueable para personas que se desplazan en sillas de ruedas, con movilidad reducida, con discapacidad visual o que simplemente vienen distraídas mirando el celular y no prestando atención dónde pisan. No menos engorroso puede resultar para familias que lleven niños pequeños en cochecitos o con changuitos de supermercado, quedando prácticamente obligados a bajar a la calzada, con los riesgos que ellos significa.

Joaquín V. González 2427
Sobre la calle Joaquín V. González 2427 también hay una vereda que presenta desniveles por fuera de la línea municipal, algo que fue denunciado a la Dirección General de Fiscalización Urbana, a cargo de la señora Valeria Focaraccio.

Además de la normativa nacional que mencionó en su comentario el señor Grazide, la ciudad de Buenos Aires establece un protocolo con Especificaciones técnicas para la ejecución de veredas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Dicho documento dice:… “1.3. Pendientes a. La pendiente longitudinal de la vereda, en su conjunto, debe acompañar a aquella del pavimento de la calzada en forma continua cuando la misma no exceda el 3 % o 1/25. b. Cuando la pendiente longitudinal de la vereda exceda el 3 % o 1/25 se deben intercalar escalones de alzada mínima de 0,10 m y máxima de 0,15 m y de una pedada horizontal plana de ancho similar a la banda de paso. Antes y después de cada tramo se deben colocar fajas de solado de prevención como advertencia. Este solado de prevención se realiza con una banda de 0,40 m de ancho de textura en forma de botones en relieve de 0,005 m ± 0,001 m de altura, con diámetro de base de 0,025 m ± 0,005 m, colocados en tresbolillo con una distancia al centro de 5 los relieves de 0,06 m ± 0,005 m y color contrastante con respecto al de los solados contiguos, para prevención de personas con discapacidad visual. c. Los escalones intercalados deben complementarse con un escalón rampado proporcional a la altura a salvar para que las personas con discapacidad motora puedan realizar el recorrido de manera segura. d. Los empalmes necesarios entre la vereda y el acceso de los edificios se realizan dentro de los predios privados. e. La pendiente transversal de la vereda debe ser del 1 % al 3 %, salvo para accesos vehiculares y planos de transición o enlace, en cuyo caso puede ser de hasta el 8,33 % o 1/12. Asimismo, para accesos vehiculares, la pendiente debe direccionarse en el sentido del movimiento.”

1 comentario:

  1. Bueno tiene que intervenir la comuna para eso está por favor

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