jueves, 21 de abril de 2022

LA OPINIÓN DE ESPECIALISTAS

SEGUROS


CONSECUENCIAS DE UN ACCIDENTE DE TRÁNSITO

¿Cómo actuar en caso de sufrir lesiones?


Gentileza: ORGANIZACIÓN C & A VARIO


Nuestra ley penal sanciona a quien “por imprudencia o negligencia, causare a otro un daño en el cuerpo o en la salud”. El damnificado tendrá derecho a pretender el resarcimiento económico del perjuicio.
Las aseguradoras deben materiales como por las lesiones físicas ocasionadas por sus asegurados a terceros.

Ahora bien, es necesario que el damnificado actúe con rapidez y cumpla con el procedimiento adecuado para acreditar la existencia del daño. Para ello deberá en tanto le sea posible, requerir del mismo lugar la participación policial y la intervención del SAME, a fin de recibir los primeros auxilios.

De la actuación llevada a cabo en comisaría, ninguna constancia se expedirá a los interesados, limitándose a brindarles información respecto del juzgado de turno que tendrá intervención en el caso.

Por lo general, los accidentes en llos que se reclaman lesiones se tramitan en mediación y en caso de no arribarse a un acuerdo continúan en proceso judicial. Es muy importante contar con el asesoramiento legal adecuado a los efectos de procurar obtener un resarcimiento justo por los daños padecidos y hacer caso omiso a aquellos que desde un lugar poco claro sólo buscan su propio beneficio sin importarles la pretensión del cliente.

¿A quién pertenece la documentación que presentamos ante la aseguradora cuando efectuamos un reclamo de terceros?
Para poder reclamar ante la compañía de un tercero es necesario reunir y presentar la documentación que se nos solicita, a saber: denuncia administrativa efectuada ante el propio seguro, certificado de cobertura, fotos, presupuesto, copias de registro y cédula verde. Su presentación de inicio al trámite que luego se completará con la probable inspección y verificación del rodado.
En caso de llegarse a un resultado positivo la aseguradora resarcirá el daño causado. El damnificado firmará un acuerdo, renunciando a ejercer acciones futuras y la documentación aportada quedará en poder de la empresa de seguros. La situación se complica cuando no se puede llegar a una solución y por cualquier motivo se decidiera desistir del trámite y recuperar la papelería aportada, algunas aseguradoras se niegan a devolver la documentación. Es conveniente conservar un juego de documentación.

Consultas:
Av. Nazca 3106, Villa del Parque, CABA
Tel. 4504.7254
cyavario@hotmail.com

No hay comentarios:

Publicar un comentario