viernes, 28 de diciembre de 2018

LA OPINIÓN DE ESPECIALISTAS

LEGALES

RECLAMOS POR ACCIDENTES DE TRÁNSITO Y POR ART


La doctora Débora Tortorella explica los pasos a seguir para una resolución conveniente.

Débora Tortorella es abogada y mediadora, titular de Tortorella & Asociados. El estudio jurídico que está bajo su conducción se especializa en ART (Accidentes de trabajo, enfermedades laborales), Accidentes de Tránsito, Despidos, Trabajo en negro, Sucesiones, Divorcios, Defensa del Consumidor y Ciudadanía Argentina.
AQUÍ VILLA DEL PARQUE mantuvo un muy interesante diálogo con ella abarcando algunos de los temas que más preocupan.

P: ¿Qué sucede cuando una persona tiene un accidente de tránsito? ¿Qué es lo primero que debería hacer desde el punto de vista legal?
R: En accidentes de tránsito hay una primera instancia de mediación, que es obligatoria sí o sí antes de iniciar un juicio.
Poder cerrar un caso en el tramo de la mediación depende mucho de la oferta de la compañía, la situación y decisión del cliente. Es un tramo en que las compañías suelen apelar al “regateo” en la negociación que se lleva adelante. Hay damnificados que prefieren cobrar menos pero cobrar antes llegando a un acuerdo aunque no sea óptimo. Los juicios suelen ser largos y no duran menos de 4 años.

P: ¿En general, las compañías pagan en tiempo y forman una vez firmado el acuerdo entre las partes
R: Salvo cuatro o cinco compañías líderes, la mayoría desde mediados de 2018 a la fecha están difiriendo los pagos entre 45 y 60 días cuando antes abonaban no más allá de los 30 días. Para el cliente esto suele ser gravoso porque además de que las compañías no cubren todo el daño porque ya en la negociación realizaron una quita, la demora en la liquidación en un momento de alta inflación como el que estamos viviendo genera que el dinero cobrado por el accidente cubra mucho menos de la reparación que debe hacerse de un vehículo.

P: ¿Siempre se suele llegar a acuerdos de mediación?
R: Normalmente cuando son solo daños materiales se llega a un acuerdo porque el damnificado se quiere sacar el problema de encima cuanto antes y tener los recursos para arreglar su vehículo aunque haya una diferencia que tenga que pagar él.
Cuando hay lesiones o muertes de por medio, hay una instancia penal y luego se suele ir a juicio civil por daños y perjuicios. Es muy difícil que estos casos se resuelvan a través de una mediación.

P: ¿Qué sucede cuando hay accidentes de trabajo?
R: Desde que está en vigencia la nueva ley, se formaron comisiones médicas obligatorias por las que hay que pasar antes de empezar cualquier demanda en tribunales.

P: ¿Cómo son los pasos?
R: Si una persona tiene un accidente laboral debe pasar por una comisión médica que evalúa la situación del paciente y su posible discapacidad. La ART tiene que aportar los estudios que hizo. También la comisión puede ordenar diagnósticos complementarios que el trabajador ocasionan ningún gasto.

P: ¿Cuáles son las ventajas de esta nueva ley?
Poder hacer un filtro y evitar abusos, toda vez que la evaluación está realizada por una comisión médica conformada por profesionales especializados en accidentes de trabajo. En este punto me parece un acierto.
Por otro lado, también se acortan mucho los tiempos. Un accidente de trabajo iniciado en la justicia no tarda menos de tres años. En cambio, a través de este sistema, el trabajador inicia el trámite, en un plazo de dos meses le dan turno para la revisación; una vez revisado, la comisión médica emite un informe donde establece el grado de discapacidad. Si las partes están conformes, a los 15 días se firma un acuerdo y a los 30 días de lo acordado el trabajador cobra por el accidente.

P: ¿Y si el trabajador no está de acuerdo con el informe que emite la comisión médica?
R: Si no está de acuerdo con el porcentaje de discapacidad que le otorgaron se puede apelar por dos vías:
- Ir a la comisión central
- Acudir a la vía judicial. En esta instancia el juez evalúa todo el procedimiento que se hizo en las comisiones y determinará si es necesario un perito médico y hasta que punto ha sido correcta o no la evaluación de la comisión médica.

P: ¿Hay alguna crítica?
R: Los abogados criticamos que se le haya otorgado a la comisión médica facultades jurisdiccionales. El médico puede saber mucho de medicina pero no es un especialista en asuntos legales.
Otro problema es que al momento de la revisación, el trabajador está solo con los médicos de la ART, un profesional de la superintendencia de seguros y los médicos de la comisión. No hay ningún representante que cubra los derechos del trabajador, que pueda medir in situ si el examen está bien hecho. Por ejemplo, los abogados de la parte de podemos estar presentes.
Y esto es complicado porque en general estas comisiones miden grados de discapacidad. Una arbitrariedad o equivocación puede resultar cara para el trabajador.
El nuevo sistema tiene cosas buenas porque agiliza el trámite y puso un freno a abusos que muchas veces se daban por parte de trabajadores inescrupulosos que fingían patologías que no tenían, pero ahora el fiel de la balanza está un poco inclinado hacia el otro lado. Esperamos que en un corto o mediano plazo encuentre un punto de equilibrio.

Consultas:
Tel. 43966.8113 / 15.6559.7063
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