miércoles, 22 de marzo de 2017

LA OPINIÓN DE ESPECIALISTAS

IMPOSITIVAS

MONOTRIBUTO

Últimas modificaciones


Escribe: LEANDRO GONZÁLEZ - Contador Público

Las resoluciones generales de AFIP 3990 principalmente, y la 3997 en parte, ambas del mes de febrero de este año, introdujeron importantes modificaciones a tener en cuenta por todos los contribuyentes que se encuentren en el Régimen Simplificado. A continuación, un resumen de los puntos más importantes:
Recategorización de Oficio: Las compras de bienes por parte del contribuyente, gastos personales y acreditaciones bancarias, pasarán a ser variables a tener en cuenta por AFIP para efectuar una recategorización de oficio a una categoría superior.
Modalidades de Pago: Las categorías A a D estarán obligadas a efectuar los pagos mensuales del monotributo a través de los medios electrónicos/bancarizados que permite la AFIP según su RG 3936 y sus modificaciones. Quienes estén en la categoría D deberán hacerlo a partir de la obligación fiscal que tiene vencimiento en Mayo de 2017, mientras que quienes estén comprendidos entre las categorías A a C, deberán cumplir con esta nueva medida a partir las obligaciones fiscales con vencimiento Noviembre de 2017.
Factura Electrónica: Las categorías F y G se encontrarán obligadas a emitir factura electrónica. Esto resultará de aplicación para las solicitudes de autorización de emisión de comprobantes electrónicos que se efectúen a partir del día 1 de junio de 2017, inclusive. No será obligatorio para operaciones con consumidores finales.
Domicilio Fiscal Electrónico: Quienes deseen adherirse al Monotributo, deberán previamente constituir domicilio fiscal electrónico. Quienes ya se encuentran inscriptos al Monotributo, tienen tiempo de hacerlo hasta el 30 de septiembre de 2017.
Recategorización Cuatrimestral: La recategorización cuatrimestral correspondiente al período mayo/agosto será obligatoria incluso para quienes deban permanecer en la misma categoría, y la misma se efectuará mediante una confirmación de datos.
Declaraciones Juradas Informativas Cuatrimestrales: Quedan sin efecto la obligación de su presentación.
Obligación de Aceptar Tarjetas de Débito: Los monotributistas estarán obligados a aceptar pagos con tarjeta de débito, por lo cual deberán contar con una terminal POS (dispositivo para pasar la tarjeta). El alquiler de dicho dispositivo podrá estar bonificado hasta por 2 años, dependiendo del proveedor por el que se opte. Las categorías F a K estarán obligadas a partir del 31 de diciembre de 2017 inclusive, mientras que las categorías A a E recién lo estarán a partir del 31 de marzo de 2018.

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