lunes, 14 de septiembre de 2009


EDITORIAL

AGOSTO 2009
LOS DERECHOS CONSTITUCIONA-
LES DE LOS NIÑOS

La sociedad de las naciones aprobó en 1924 la Declaración de Ginebra de los Derechos del Niño afirmando "La humanidad debe al niño lo mejor que pueda darle", en 1989 la Asamblea General de las Naciones Unidas extendió la protección de los derechos al grupo más vulnerable de la sociedad, nuestros niños, orientando las actividades públicas y privadas en resguardo de los intereses de los mismos.

Libre y responsablemente como personas humanas tenemos el derecho y más que nada la obligación de intervenir en las decisiones de fondo para preservar la integración familiar, la seguridad de los niños y en consecuencia el bien común, priorizando el ciclo de enseñanza obligatoria y gratuita, el respeto a su dignidad, formándolos con un espíritu abierto a la comprensión, la paz y la tolerancia.

Es imprescindible la protección al niño por parte del Estado, evitando la explotación económica y el trabajo que puedan entorpecer su educación o sea nocivo para su salud y bienestar, como también del uso de drogas y su participación en la producción y comercialización de las mismas.

La declaración de los Derechos del Niño considera que la humanidad debe al niño lo mejor que pueda darle, y como principio: "El niño disfrutará todos los derechos enunciados en esta Declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia".
Todo esto que también forma parte de nuestra Carta Magna es un principio y aspiración creciente en nuestros tiempos con amplia justificación ética.
Una mayor participación comunitaria impulsa la evolución cultural, económica y social en todos los ámbitos, incluido el político.

¿Usted qué opina?
José César Rodríguez Nanni.

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